REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA
En fecha 03/02/2011, se trasladó el Tribunal a fin de cumplir la Comisión en la siguiente dirección: Avda. Venezuela entre Calles 30 y 31 Galpón S/N° Barquisimeto. El Tribunal notificó al demandado Juan Carlos Sanz Pérez, pide al Tribunal lo espere unos minutos mientras llaga su Abogado para que lo asista. El Tribunal a fin de garantizar la defensa y el debido proceso, acuerda esperan 30 minutos a la llegada del Abogado del demandado. Se juramenta a Perito y Depositario. Siendo las 9:45 a.m., se presenta el Abogado Alejandro Quiroz Guedez I.P.S.A. N° 108.752 y asiste a la empresa FUTURA DESING, C.A., y a quien deja en uso de la palabra. Dice que a fin de dar por terminado el presente juicio cancela en este acto la suma de 13.507,74 Bs., cubriendo los siguientes conceptos: monto total de las facturas demandadas, intereses generados más las costas y costos, los cuales cancelan así: un primer cheque código cuenta cliente N° 01050140781140064096, cuenta corrientista FUTURA DESIGN C.A.....y a quien deja en uso de la palabra. Dice que a fin de dar por terminado el presente juicio cancela en este acto la suma de 13.507,74 Bs., cubriendo los siguientes conceptos: monto total de las facturas demandadas, intereses generados más las costas y costos, los cuales cancelan así: un primer cheque código cuenta cliente N° 01050140781140064096, cuenta corrientista FUTURA DESING, C.A., cheque N° 01198186 por la suma de 10.830,32 Bs., a la orden de LA BOUTIQUE DEL COLOR C.A., fechado Barquisimeto 03/02/2011 contra el Banco Mercantil Bco. Universal sucursal Este Barquisimeto II, un segundo cheque contra el mismo código cuenta cliente, cheque N° 45198187 por la suma de 2677,42 Bs., a la orden de Rodolfo Delfs con la misma fecha y el mismo banco y sucursal y se anexan en copia simple. La Parte Actora dice recibir conforme los montos arriba señalados y una vez efectivos los cheques, se declarará extinguida la deuda, no quedando nada a deber por este concepto ni por ningún otro......