REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, veinticuatro de febrero de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO Nº KP12-S-2010-000733.-
La ciudadana ELENNYS JOSEFINA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.762.719, de este domicilio, asistida por la Abogado en ejercicio ROSANNA INDAVE, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 126.120, y de este domicilio, en el cual solicitó la Rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual se encuentra inserta por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio Torres del Estado Lara, bajo el Nº 85, de fecha 26 de Marzo del año 1.969; en uno de los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevado por ante dicho Despacho; por cuanto se incurrió en los errores al asentar su nombre como “ELAYNE JOSEFINA” siendo lo correcto “ELENNYS JOSEFINA” y el de su madre como “MARYSABEL RODRIGUEZ” siendo lo correcto “MARIA YSABEL RODRIGUEZ”
La solicitud se admitió a sustanciación, acordándose la citación del Fiscal VIII del Ministerio Público y publicar un Edicto por la prensa.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos acompañados a la solicitud, consignado como fue el edicto en fecha 21-01-2011, acta de nacimiento, cursante al folio 03, planilla de datos filiatorios cursante al folio 04, copias fotostáticas de las cédulas de identidad cursante a los folios 05 y 10 y acta de nacimiento de su madre, cursante al folio 09, las cuales fueron valoradas por este Tribunal como plena pruebas por ser concordes en cuanto a los nombres que se pretenden corregir,