REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Medicación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente del Estado Lara con sede en Barquisimeto
Barquisimeto, Veinticinco (25) de julio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP02-V-2011-001513
DEMANDANTE: ORIANNIS ELIANTA SUAREZ TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.590.786.
ASISTIDA POR: SHYARA ESPARRAGOZA VELASQUEZ, Fiscal Décima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Lara, especializada en el Sistema de Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares.
DEMANDADO: RAFAEL RAMON ORTIZ BONILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.599.143.
BENEFICIARIOS: (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , de seis (06) años de edad.
MOTIVO: Declaración de terminado el procedimiento de Responsabilidad de Crianza (Custodia), por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
En fecha 04 de mayo de de 2011, la ciudadana ORIANNIS ELIANTA SUAREZ TORRES, ya identificada, presentó demanda contra el ciudadano RAFAEL RAMON ORTIZ BONILLA por Responsabilidad de Crianza (Custodia), en beneficio de su hijo (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de seis (06) años de edad, acompañó su solicitud con copia simple de la partida de nacimiento de su hijo.
En fecha 06 de mayo de 2011 se admitió la solicitud, y se acordó la notificación del ciudadano RAFAEL RAMON ORTIZ BONILLA, asimismo se fijó oportunidad para oír la opinión del niño beneficiario de autos.
En fecha 17 de mayo de 2011, el ciudadano alguacil adscrito a este tribunal, ROGER VALENZUELA, consigna boleta debidamente firmada por el ciudadano RAFAEL RAMON ORTIZ BONILLA.
En fecha 19 de mayo de 2011, el Secretario de este tribunal, deja constancia que en fecha 17 de mayo de 2011, el ciudadano RAFAEL RAMON ORTIZ BONILLA, fue debidamente notificado. Asimismo se fija la oportunidad para la audiencia de Mediación para el día martes 19 de julio de 2011, a las 3:00 p.m.
En fecha 19 de julio de 2011, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en fase de mediación se dejó expresa constancia que no comparecieron las partes ni por si ni mediante apoderado judicial, por lo que en aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró Desistido el procedimiento.
DECISION.
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de Responsabilidad de Crianza (Custodia), intentado por la ciudadana ORIANNIS ELIANTA SUAREZ TORRES, ya identificada, en beneficio del niño (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) , en contra del ciudadano RAFAEL RAMON ORTIZ BONILLA y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
Regístrese y publíquese
Dada, sellada y firmada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, a los veinticinco (25) de julio de 2011. Años: 201º de la Independencia y 152º de la Federación
LA JUEZ SEGUNDA DE MEDIACION Y SUSTANCIACION,
Abg. ROSANGELA M. SORONDO.
LA SECRETARIA
Abg. Olga Sofía Daal
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1806/2.011 y se publicó siendo las 12:06 m.
LA SECRETARIA
Abg. Olga Sofía Daal
EXP: KP02-V-2011-001513
Motivo: Responsabilidad de Crianza (Custodia)
RMSG/OSD/Víctor_H.-
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