República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial
Circuito Judicial Penal
Circunscripción Judicial del Estado Lara
Juzgado Segundo en Función de Control
Barquisimeto, 30 de julio de 2011
Años: 200° y 151°
ASUNTO KP01-P-2009-004574
Juez de Control Nº 6º Abg. Oswaldo José González
Fiscal del Ministerio Público: Abg. Briner Daboin
Imputado: EUGENIO RAFAEL ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.432.975
Defensa Técnica: Abg. Enrique Correa
Delito: POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas.
Fundamentacion Audiencia Especial de de conformidad con lo establecido en el artículo 250
Celebrada la Audiencia Especial de de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, para oír a las partes, encontrándose la imputado debidamente asistida por su abogado Seguidamente se impuso a la acusada del Precepto Constitucional que la exime de declarar en causa propia, informándole el Tribunal que lo hará sin juramento en caso de consentir a prestar declaración e impuesta de los hechos que se le atribuyen con todas las circunstancias de tiempo, lugar y modo en que sucedieron, así como de la calificación jurídica dada por el Ministerio Público, tal como lo establece el Artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal quien manifiesta : “Yo no había venido a las audiencia porque no me llegaron las boletas de notificación, es todo
SEGUIDAMENTE SE LE CEDE LA PALABRA A LA DEFENSA, QUIEN EXPONE: Escuchado lo expuesto por mi representado solicito muy respetuosamente la libertad del mismo en virtud de que nunca estuvo notificado para alguno de los actos fijados por este Tribunal, por lo que solicito se le mantenga la Medida Cautelar que venia gozando y cumpliendo hasta ahora.
Acto seguido el juez le concede la palabra a la Fiscal del Ministerio Público quien expone: Escuchado lo expuesto por el Imputado esta Representación Fiscal no se opone a lo solicitado por la Defensa de que le sea mantenida la Medida de presentación que venia gozando hasta la fecha visto que verificado el sistema Juris 2000 el mimo ha dado cumplimiento a las presentaciones que le fuero impuestas. Igualmente solicito se fije en esta audiencia la oportunidad a los fines de realizar la audiencia preliminar. Es todo
DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Control Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Primero SE ACUERDA DEJAR SIN EFECTO LA ORDEN DE APREHENSIÓN en contra del imputado JOSE ALEXANDER ANGULO PARRA Segundo: Decreta, mantener la medida de presentación periódica cada 15 días por ante la taquilla de presentaciones de conformidad con el artículo 256 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal TERCERO SE Fija audiencia preliminar de conformidad con el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal para el día LUNES 15 DE AGOSTO DE 2011 A LAS 8:30 AM, Cúmplase, regístrese, Publíquese
ABG .Oswaldo José González Araque.
JUEZ SEXTO EN FUNCIONES DE CONTROL
LA SECRETARIA.
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