REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, doce de julio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: KP02-S-2007-014469


Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana JULIANA MARILIN MOGOLLÓN CAMACARO venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-17.228.060, de este domicilio, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de SIETE MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 7.000,00), cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana JULIANA MARILIN MOGOLLÓN CAMACARO, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: LA URBANIZACION ANA SOTO, SECTOR 4, CARRERA 3 DE NOVIEMBRE ENTRE CALLES 10 Y 11 N° 610, PARROQUIA UNION, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA; con los siguientes linderos: NORTE: Alberto Castillo; SUR: carrera 3 de noviembre; ESTE: Yusbeidy Gonzáles; y OESTE: Maricela Peña. Dejando a salvo los derechos de terceras personas. Devuélvanse originales con sus resultas.
¬ La JUEZ, LA SECRETARIA


ABG. EUNICE B. CAMACHO M. ABG. BIANCA ESCALONA

EBCM/BE/a.c
La Suscrita Secretaria del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA la exactitud de la copia que antecede la cual es traslado fiel y exacto de su original. Fecha UT-Supra.
LA SECRETARIA