REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, veintiseis de julio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP12-M-2011-000025.-
DEMANDANTE: LUZ MARINA GONZALEZ ROJAS, venezolana, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº 11.696.238, de este domicilio.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: MANUEL BARRIOS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.748.
DEMANDADO: FAUSTO ANTONIO OROPEZA PAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.933.411, domiciliado en el Barrio Ezequiel Zamora, Av. Lisímaco Gutiérrez, a 500 metros del Hospital Pastor Oropeza, de esta Ciudad de Carora.
MOTIVO: SENTENCIA INTERLOCUTORIA HOMOLOGACION DE DESISTIMIENTO.
Visto el Desistimiento presentado por la parte demandante en el presente juicio, en fecha 21 de Julio del presente año, este Tribunal conforme a lo dispuesto en el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACION correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, se ordena el archivo del presente asunto. Se ordena devolver original del documento solicitado y en su defecto déjese copia certificada del mismo.
Expídase por Secretaria copia certificada de la presente Sentencia y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, Veintiséis (26) de Julio de 2.011. Años: 201° y 152°.
El Juez Provisorio,
Abg. FRANCISCO ROMAN ZAMBRANO GOMEZ.
La Secretaria,
Abg. BETTSIMAR BARRIOS CARDOZO.
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 258-2011, se publicó siendo las 10:30 a.m. y se expidió copia certificada para archivo.
La Secretaria,
ABG. BETTSIMAR C. BARRIOS CARDOZO.
|