REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, ocho de julio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP12-S-2011-000377.-

Vista la solicitud presentada por la ciudadana MILAGRO REYES SISIRUCA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.802.961, asistida por la Abogada en ejercicio LIGIA CLARET FIGUEROA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº. 54.066, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistentes en Una (01) Casa de Habitación, constante de Tres (03) Habitaciones, Dos (02) baños, Sala, Cocina y Comedor, construida con paredes de bloque de cemento; Estructura de la construcción de concreto armado y hierro; Estructura Techo: hierro; cubierta de techo de acerolit y riple; paredes friso liso; pisos de ceramica; ventanas de aluminio/vidrio, puertas de hierro; en un estado de conservación bueno; en una área de construcción de CIENTO SESENTA Y CUATRO CON TREINTA Y UN METROS CUADRADOS (164,31Mts2), edificadas sobre un lote de Terreno Ejido Urbano, que posee una extensión de CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS CON TREINTA Y SIETE METROS CUADRADOS (472,37 Mts2), ubicadas en la Calle vía El Estadium, Palmarito, Parroquia Montaña Verde, Municipio Torres del Estado Lara y enmarcada dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terreno Hermanos Montero; SUR: calle vía El Estadium; ESTE: Casa solar de Lidia de Hernández y OESTE: Casa solar de Soledad de Gómez. Dichas bienhechurías tienen un valor de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.150.000,oo). Admitida la solicitud se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada. Examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanas IRAIMA AMALIA GOYO AVILA y YUMARLET DEL CARMEN ROSENDO de APOSTOL, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 5.919.109 y 11.694.111, respectivamente, domiciliadas la primera en la Avenida, Nº 14-13 y la segunda en el Sector Santa Rita Norte 1, de esta Ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado, las cuales son valoradas por este Tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones.