Hoy 18 de julio de 2011 siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 a.m.) día, comparecen voluntariamente por la parte actora, el apoderado judicial abogada ALBERTO TORRES QUINTERO y por la parte demandada comparece su apoderado judicial, abogado ARTURO MELENDEZ, y solicitan la celebración adelantada de la prolongación de la audiencia preliminar, lo cual este Tribunal acuerda en este mismo acto, dándose inicio a la audiencia. La juez procedió a impartir las bases por las cuales se iba a llevar a cabo la audiencia. Seguidamente, las partes manifiestan sus defensas tanto en hechos como en derecho, posiciones que se avalan con el cúmulo probatorio que cada uno de ellos posee, sin embargo, la juez realizó todas las funciones de conciliación y mediación que le correspondían dentro de sus atribuciones tomando como referencia los mismos elementos probatorios analizados por las partes, obteniendo de las partes que alcanzaran un ACUERDO, con el objetivo de dar fin al presente proceso por vía del uso de los medios alternos de resolución de conflictos, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, los artículos 9 y 10 de su Reglamento, y los artículos 1.713 y siguientes del Código Civil.-