…gado de los Municipios Carache, Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo.- Carache, siete (07) de Junio de dos mil once.-

201º y 152º

De la revisión del presente expediente N° 180-03, se observa que la OBLIGACION DE MANUTENCIÓN, a favor de quien se lleva la presente causa, tiene como beneficiario a un adolescente pero este ya no se considera como tal, por cuánto cumplió la edad de 18 años, según lo establece el artículo 2 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cesando la Obligación de Manutención que prevé la ley citada y el artículo 282 del Código Civil.- En consecuencia se acuerda notificar a los ciudadanos: JOHNNY ALBERTO CASTELLANO ROSALES y JOHNNY ALBERTO CASTELLANOS CORDERO, de esta decisión.- ASI SE DECIDE.-
La Juez Provisoria

Abg. Adriana Saavedra C.
La Secretaria,

Abg. Zulay Vergel Cañizalez.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-

La Secretaria,

Abg. Zulay Vergel Cañizalez.