REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, diez de junio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : TP11-L-2011-000132
PARTE ACTORA: ANDY LEANDRO VALERO
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: RUBEN DARIO RONDON GRATEROL
PARTE DEMANDADA: AGROPECUARIA E INVERSIONES LOS CLAROS S.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: MILAGROS PADILLA MENDEZ
TERCERO INTERVINIENTE: DAVID MATHEUS CONSTRUCCIONES
ABOGADO ASISTENTE DEL TERCERO INTERVINIENTE: JUAN CARLOS VALERO PEÑA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS BENEFICIOS DE LEY
En el día hábil de hoy, viernes diez (10) de junio del año Dos Mil Once (2.011), siendo las nueve de la mañana (9:00 a.m) por ante el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo a cargo de la Jueza Abogada YULIANOVA VALERA VARGAS y de la Secretaria: Abg. MAYRA ROSALES, en la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar; comparece la parte Actora, la ciudadano ANDY LEANDRO VALERO, titular de la cedula de identidad N° 5.772.692, asistido por el Abogado RUBEN DARIO RONDON GRATEROL, en su carácter de Procurador de Trabajadores, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 38.886, y por la demandada comparece la empresa: AGROPECUARIA E INVERSIONES LOS CLAROS S.A, representada por la ciudadana MARTHA ELISABETH HANTUCH DE BRICEÑO, titular de la cedula de identidad N° 4.959.897, por intermedio de su Apoderada Judicial, Abogada MILAGROS PADILLA MENDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 63.773, y el TERCERO INTERVINIENTE: DAVID MATHEUS CONSTRUCCIONES, representada por el ciudadano DAVID LENIN MATHEUS JOVITO, titular de la cedula de identidad N° 12.797.895, asistido por el Abogado JUAN CARLOS VALERO PEÑA, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 89.927. Seguidamente, la Jueza declaró abierto el acto y explicó a las partes la importancia y significado del mismo; del uso de los medios alternos para la solución de los conflictos, llegando las partes al siguiente acuerdo: La parte demandada manifiesta que el demandante no era trabajador de la empresa AGROPECUARIA E INVERSIONES LOS CLAROS S.A, igualmente se deja constancia que el nombre correcto de la empresa es AGROPECUARIA E INVERSIONES LOS CLAROS S.A, y no como aparece en el libelo de la demanda CONSTRUCTORA AGROPECUARIA LOS CLAROS, en este estado solicita la palabra el TERCERO INTERVINIENTE: DAVID MATHEUS CONSTRUCCIONES, representada por el ciudadano DAVID LENIN MATHEUS JOVITO, antes identificado, quien expone: El demandante trabajo para mi empresa y ofrezco pagar al demandante la cantidad de CATORCE MIL BOLIVARES ( Bs. 14.000,00), la cual será
cancelada en dos partes, la Primera el día viernes 17 de junio de 2011, por ante la sede del Tribunal, la segunda el día miércoles 29 de junio de 2011, por ante la sede del Tribunal, cantidad esta que comprende, los concepto de Prestaciones Sociales y Demás concepto Laborales, como: Antigüedad, dotaciones de bragas y botas, Vacaciones fraccionadas, asistencia puntual, utilidades fraccionadas y cláusula 47 del contrato de la Construcción. En este estado presente la parte actora, ciudadano ANDY LEANDRO VALERO, antes identificado, asistido por el Abogado RUBEN DARIO RONDON GRATEROL, antes identificado, manifiesta que acepta y conviene en lo expuesto por la parte demandada y el Recero Interviniente, declarando que una vez materializado el pago nada más tendrá que reclamar por la relación de trabajo con el Tercero Interviniente, ni por la vía Administrativa, ni por la vía Judicial por Concepto de Prestaciones Sociales. En este estado el Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada, se ordenara el archivo del expediente, una vez que conste el ultimo pago, se devuelve las pruebas a las partes. Es Todo. Termino. Se leyó. Conforme firman.
LA JUEZA CUARTA DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN
ABG. YULIANOVA VALERA VARGAS
LA SECRETARIA,
Abg. MAYRA ROSALES
PARTE DEMANDANTE
ABOGADO ASISTENTE DE PARTE ACTORA
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDA
TERCERO INTERVINIENTE
ABOGADO ASISTENTE DEL TERCERO INTERVINIENTE
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