REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
          PODER JUDICIAL
 
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
 
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
 
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
 
TRUJILLO, 14 de Junio de 2011
 
201º y 152º
 
 
ASUNTO PRINCIPAL 	: TP01-S-2009-000358
 
ASUNTO 		: TP01-S-2009-000358
 
 
      El día de hoy,  14 de Junio de 2011, se celebró AUDIENCIA ESPECIAL, a los fines de verificar el cumplimiento de las condiciones impuestas por el juez de Control,  en audiencia preliminar al ciudadano PABLO JOSE PEREZ, por la comisión del delito de AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 41 segundo aparte de  la  ley Orgánica  Sobre  los  derechos  de  las  mujeres  a vivir  a  una  vida libre  de Violencia,  en agravio  de  la ciudadana  LISBETH DEL VALLE MORILLO, el Tribunal resuelve:
 
 
            El 16 de Noviembre de  2011, este  Tribunal DECRETO LA EXTENSIÓN DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR SEIS (06) MESES, al  ciudadano  PABLO JOSE PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.350.488, de 31 Años de edad, fecha de nacimiento 25/10/1977 natural de Sabana de Mendoza estado Trujillo, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Ángel Ciro Pérez,  Domiciliado en Caja Seca, calle principal casa Nº 67, al lado del acueducto de caja seca,  estado Zulia, y AMPLIA LAS CONDICIONES: Prohibición de acercarse y/o molestar a la victima LISBETH DEL VALLE MORILLO, a su sitio de trabajo, estudio o residencia para agredirla física o verbalmente a la  ciudadana  LISBETH DEL VALLE MORILLO,   por la comisión  del  delito de AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 41 segundo aparte de  la  ley Orgánica  Sobre  los  derechos  de  las  mujeres  a vivir  a  una  vida libre  de Violencia,  en agravio  de  la ciudadana  LISBETH DEL VALLE MORILLO.-
 
 
 
        El  Imputado quien impuesto del precepto constitucional establecido en el artículo 49 ordinal 5° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, de las generales de ley se identifico como PABLO JOSE PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.350.488, de 31 Años de edad, fecha de nacimiento 25/10/1977 natural de Sabana de Mendoza estado Trujillo, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Ángel Ciro Pérez,  Domiciliado en Caja Seca, calle principal casa Nº 67, al lado del acueducto de caja seca,  estado Zulia  quien expuso:“Yo cumplí las condiciones que se me impusieron.
 
 
      La victima LISBETH DEL VALLE MORILLO, titular de la cedula de identidad Nº 18.984.939 quien expone: el ha cumplido, no se ha vuelto a meter conmigo es todo”.
 
          La  Defensora quien expuso: ”Visto que mi defendido cumplió las condiciones impuestas en decisión de fecha 02/02/2010, solicito al Tribunal se decrete a favor de mi defendido la extinción de la acción penal y consecuentemente el sobreseimiento de la presente causa, de conformidad con el artículo 48 numeral 7º y 318 numeral 03 del Código Orgánico Procesal Penal”. 
 
 
       El Representante  de  la Fiscalia del Ministerio Publico expuso:” Visto el cumplimiento de las condiciones por parte del acusado, y de la declaración de la victima, esta representación fiscal no presenta objeción alguna para que se decrete extinción de la acción penal y el correspondiente sobreseimiento de conformidad con los artículos 48 numeral 7 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal y el cese de las medidas impuestas al mismo por este Tribunal”.
 
 
 
           Revisado las actuaciones   y  oída las exposiciones de las partes en la audiencia realizada,   y que dio origen al presente pronunciamiento,  debemos pronunciarnos sobre el cumplimiento o no de las condiciones impuesta,  aun  cuando  la victima  no  compareció  a  la  audiencia,    tomándose  en consideración la solicitud  fiscal,  y   en  aras   de la celeridad  procesal,  toda vez  que no   riela  de  actas  procesales, ni   cursa  por  ante  la fiscalia otra  denuncia   que haga  presumir a  esta  juzgadora   que  el   acusado  incumplió  con las  conducciones impuestas, este Tribunal  resuelve: 
 
 Primero:  De los  folios  85 y 86,  riela  decisión  de  fecha  16-11-10,  donde  este  Tribunal, admitió la acusación en todas y cada una de sus partes de conformidad con el artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, presentada por el Ministerio Público en contra del imputado PABLO JOSE PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.350.488, de 31 Años de edad, fecha de nacimiento 25/10/1977 natural de Sabana de Mendoza estado Trujillo, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Ángel Ciro Pérez,  Domiciliado en Caja Seca, calle principal casa Nº 67, al lado del acueducto de caja seca,  estado Zulia, por el  delito de AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 41 segundo aparte de  la  ley Orgánica  Sobre  los  derechos  de  las  mujeres  a vivir  a  una  vida libre  de Violencia,  en agravio  de  la ciudadana  LISBETH DEL VALLE MORILLO,  al  habersele decretado LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO de conformidad con el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal  y   en fecha 16 de Noviembre de  2011, este  Tribunal DECRETO LA EXTENSIÓN DE LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO POR SEIS (06) MESES, al  ciudadano  PABLO JOSE PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.350.488, de 31 Años de edad, fecha de nacimiento 25/10/1977 natural de Sabana de Mendoza estado Trujillo, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Ángel Ciro Pérez,  Domiciliado en Caja Seca, calle principal casa Nº 67, al lado del acueducto de caja seca,  estado Zulia, y AMPLIA LAS CONDICIONES: Prohibición de acercarse y/o molestar a la victima LISBETH DEL VALLE MORILLO, a su sitio de trabajo, estudio o residencia para agredirla física o verbalmente a la  ciudadana  LISBETH DEL VALLE MORILLO,   por la comisión  del  delito de AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 41 segundo aparte de  la  ley Orgánica  Sobre  los  derechos  de  las  mujeres  a vivir  a  una  vida libre  de Violencia,  en agravio  de  la ciudadana  LISBETH DEL VALLE MORILLO.
 
 
    SEGUNDO:   Se precisa que  dentro  de las  condiciones  impuestas  como  es la   Prohibición de acercarse y/o molestar a la victima LISBETH DEL VALLE MORILLO, a su sitio de trabajo, estudio o residencia para agredirla física o verbalmente a la  ciudadana  LISBETH DEL VALLE MORILLOy oído lo expuesto   por  la  victima,  por  el imputado,  defensa  y por el Fiscal, se  evidencia  que efectivamente el imputado cumplió a cabalidad con las condicion impuesta,   por lo que debe concluirse que el supuesto requerido en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente está satisfecho, razón por la cual debe decretarse el Sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Primer Supuesto del numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el numeral 7 del 48 eiusdem y en concordancia con la parte final del artículo 45 eiusdem.
 
 
        Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO  de la causa seguida al ciudadano PABLO JOSE PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.350.488, de 31 Años de edad, fecha de nacimiento 25/10/1977 natural de Sabana de Mendoza estado Trujillo, de profesión u oficio Comerciante, hijo de Ángel Ciro Pérez,  Domiciliado en Caja Seca, calle principal casa Nº 67, al lado del acueducto de caja seca,  estado Zulia, por el  delito de AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 41 segundo aparte de  la  ley Orgánica  Sobre  los  derechos  de  las  mujeres  a vivir  a  una  vida libre  de Violencia,  en agravio  de  la ciudadana  LISBETH DEL VALLE MORILLO,  de conformidad con lo establecido en el artículo 318 Primer Supuesto del numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el numeral 7 del 48 eiusdem y en concordancia con la parte final del artículo 45 eiusdem. Notifiquese a  la victima. Y remitase   la  causa para  el  archivo definitivo en  el lapso de  ley  respectivo.
 
La Juez   (T) de Control Nº 01						
 
 
Abg. Soraida Castellanos                                                                                      La Secretaria
 
 
                                                                                        Abg. Ana  Celina   Materano
 
 
 
 
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