Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, diecisiete de junio de dos mil once
201º y 152º

PARTE ACTORA: ROSAGNY DEL CARMEN CASTILLO VIVAS, Venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.003.594.
PARTE DEMANDADA: JOSE ANGEL COLMENAREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.032.280.
BENEFICIARIO: (IDENTIDAD OMITIDA EN CONCORDANCIA CON EL ART. 65 DE LA L.O.P.N.N.A.) de 14 años de edad.
MOTIVO: Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de Obligación de Manutención, por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 02 de febrero de 2011, el Tribunal admite la demanda por obligación de manutención, por no ser contraria al orden público o a las buenas costumbres y se acuerda la notificación del demandado y oír la opinión de la beneficiaria quien no compareció a la fecha fijada.
En fecha 16 de mayo de 2011, el alguacil consigna boleta firmada por la parte demandada; y en fecha 02 de junio de 2011, se fijó la oportunidad para la audiencia preliminar en fase de mediación.
En fecha 16 de junio de 2011, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en fase de mediación se dejó expresa constancia que ninguna de las partes compareció, por lo que en aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró Desistido el procedimiento.
DECISION.
Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de demanda por régimen de obligación de manutención, intentado por la ciudadana ROSAGNY DEL CARMEN CASTILLO VIVAS, en beneficio de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA EN CONCORDANCIA CON EL ART. 65 DE LA L.O.P.N.N.A.), y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, 15 de junio de 2011. Año 201º y 152º.
LA JUEZ PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN,
Abg. ALIDA VILLASANA DE ANDUEZA
La Secretaria,
Abg. SAILIN RODRIGUEZ
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 1708-2011 siendo las 09:00 a.m.
La Secretaria.
Abg. SAILIN RODRIGUEZ
AMVA/Rene
KP02-V-2011-000307