Solicitantes: GISELA PASTORA COLMENAREZ DE TREJO y DIMAS ALEXANDER TREJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.848.363 y V-9.559.656, asistidos por el Abogado ITALO SUAREZ TROCOLI, inscrito en el inpreabogado Nº 119.652.
Hijo: (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente), de siete (07) y veintiún (21) años de edad, respectivamente.
Motivo: Divorcio 185-A (Inadmisión Sobrevenida)
Visto que en fecha 13 de Junio de 2011, el tribunal ejerció el despacho saneador, ordenándose a las partes GISELA PASTORA COLMENAREZ DE TREJO y DIMAS ALEXANDER TREJO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.848.363 y V-9.559.656, a los fines de las partes presentaran escrito de corrección de la demanda n el sentido de indicar lo referente a la responsabilidad de Crianza en beneficio de la niña (Identidad omitida conforme al Art. 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente)., concediéndoles un lapso de cinco (05) días de despacho de conformidad con lo establecido en el articulo 457 Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y adolescentes. Habiéndose vencido el lapso concedido para que cumplieran con lo ordenado, este tribunal verifica que las partes no han suministrado la información requerida ante este tribunal. En consecuencia se declara la INADMISION SOBREVENIDA, por ser imposible seguir adelante con la presente solicitud sin la información requerida. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, veintisiete (27) de junio de 2011.
La Juez Primero de Mediación y Sustanciación,
Abg. Alida M. Villasana de Andueza.
La Secretaria,
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1814-2011 y se publicó siendo las 2:36 p.m.
La Secretaria
AMVA/Joannellys.-
KP02-V-2011-002579
|