REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiocho de Junio de 2011
201º y 152º

ASUNTO: Nº KP02-J-2011-002658
Solicitantes: JHONNY JOSE PEREZ MENDOZA y OMAIRA TERESA ESPINOZA CARUCI, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº V-20.669.698 y 6.234.421, asistidos por el Abogado GREGORIO MENDEZ, inscrito en el inpreabogado Nº 153.107.
BENEFICIARIA: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, 14 años de edad.

Visto que en fecha 17 de Junio de 2011, el tribunal ejerció el despacho saneador, ordenándose a los solicitantes JHONNY JOSE PEREZ MENDOZA y OMAIRA TERESA ESPINOZA CARUCI a los fines que consignen copia certificada del acta de nacimiento de la beneficiaria, concediéndoles un lapso de cinco (05) días de despacho de conformidad con lo establecido en el articulo 457 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Habiéndose vencido el lapso concedido para que cumplieran con lo ordenado, se observa que los solicitantes no han suministrado la información requerida ante este tribunal. En consecuencia se declara la INADMISION SOBREVENIDA, por ser imposible seguir adelante con la presente solicitud sin la copia certificada requerida. Así se decide. Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, 28 de Junio de 2010. Años: 201º y 152º
La Juez Primera de Mediación y Sustanciación,

Abg. ALIDA VILLASANA

La Secretaria,

Abg. SAILIN RODRIGUEZ
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1827-2011 y se publicó siendo las 11:43 de la mañana.
La Secretaria

Abg. SAILIN RODRIGUEZ
AVA/diana.-