REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, ocho de junio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: Nº KP02-J-2010-002778
Demandante: JOSE ANTONIO DE LA ROSA GUEDEZ SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-13.407.717, asistido por el Abogado GREDDY EDUARDO ROSAS CASTILLO, inscrito en el impreabogado Nº 119.372.
Demandado: BIRNIA FABIANA TORREALBA ALBURJAS, venezolana, mayor de edad, portador de la cedula de identidad Nº V-14.878.161.
Hijo: Identidad omitida en concordancia con el articulo 65 de Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes.
Motivo: Divorcio 185-A (Inadmisión Sobrevenida)
Visto que en fecha 21 de Julio de 2010, el tribunal ejerció el despacho saneador, ordenándose al demandante JOSE ANTONIO DE LA ROSA GUEDEZ SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cédula de identidad Nº V-13.407.717, a los fines de que la parte demandante presente escrito de corrección de demanda en el cual señale la dirección de la ciudadana MILAGROS ALEJANDRA RODRIGUEZ, concediéndoles un lapso de cinco (05) días de despacho de conformidad con lo establecido en el articulo 457 Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y adolescentes. Habiéndose vencido el lapso concedido para que cumplieran con lo ordenado, este tribunal verifica que el demandante no ha suministrado la información requerida ante este tribunal. En consecuencia se declara la INADMISION SOBREVENIDA, por ser imposible seguir adelante con la presente solicitud sin la información requerida. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, sellada y firmada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, ocho (08) de junio de 2011.
La Juez Primero de Mediación y Sustanciación,
Abg. Alida M. Villasana de Andueza.
La Secretaria,
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1586-2011 y se publicó siendo las 3:08 p.m.
La Secretaria
AMVA/Joannellys.-
KP02-V-2010-002778
|