REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, tres de junio de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : KP02-V-2009-000403
DEMANDANTE: JUNIOR ALFREDO BARRIOS TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº: V-15.054.733 domiciliado en la carretera panamericana, Sabaneta del Consejo, Casa Nº 49, cerca de la Guardia Nacional, Municipio Revenga del estado Aragua, en su condición de tío Paterno del beneficiario.
Beneficiario: RAYDRYZ JOSÉ CASTILLO FERNÁNDEZ.
MOTIVO: DECLINATORIA DE COMPETENCIA. COLOCACIÓN FAMILIAR.
Visto la demanda de Colocación Familiar intentada por el ciudadano Junior Alfredo Barrios Tovar, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°: V-15.054.733, debidamente asistidos por la Reina Zolaime Colmenares Aguilar, quien actúa con el carácter de Fiscal 17° del Ministerio Público, y por cuanto de la revisión minuciosa de autos se desprende, que el domicilio del adolescente RAYDRYZ JOSÉ, es el mismo del ciudadano Junior Alfredo Barrios Tovar, fijado en la carretera panamericana, Sabaneta del Consejo, Casa Nº 49, cerca de la Guardia Nacional, Municipio Revenga del estado Aragua; este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes estado Lara, con sede en Barquisimeto, se declara incompetente para la sustanciación y conocimiento de la presente causa y en consecuencia Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLINA LA COMPETENCIA, en el Juzgado de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas Adolescentes de la ciudad de Maracay, estado Aragua; de conformidad con lo dispuesto el Artículo 453 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Désele salida y envíese.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los tres (03) días del mes de Junio del dos mil Once (2011). Años: 201° y 152°.
LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN
Abg. ROSANGELA MERCEDES SORONDO GIL
La Secretaria.
Abg. Olga Sofía Daal
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 1377-2.011, siendo las 12:09 p.m.
La Secretaria.
Abg. Olga Sofía Daal
RMSG/OSD/Luis J
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