REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintinueve de junio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: KP02-F-2010-000569

Vista la demanda de PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, seguida por la ciudadana SOCORRO DEL CARMEN LEAL SIVIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.274.023, de este domicilio, contra el ciudadano VICTOR JOSE ECHEVERRIA ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.536.046, de este domicilio, se observa que desde el 28/06/2.010, fecha en la cual se dictó auto dándole entrada al presente expediente, hasta la presente fecha, no se le dio impulso procesal. En consecuencia, se declara terminado el procedimiento. Déjese copia.

La Juez

MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA

MJP/Mónica