REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, seis de junio de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: KP02-M-2010-000523

Vista la diligencia presentada en fecha 31/05/2011, por el Abogado ARMANDO GOLLO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 27.110, por cuanto el demandado no realizo oposición dentro del lapso, este Tribunal declara firme el decreto intimatorio dictado en el presente juicio de COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimatoria) seguido por la ciudadana MICGNIA MUJICA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.375.543, de este domicilio, contra la ciudadana YZLIA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 1.234.667, de este domicilio. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia se le concede al demandado un lapso de Cinco (05) días de despacho para que dé Cumplimiento Voluntario, de conformidad con lo previsto en el artículo 524 del Código de Procedimiento Civil. Déjese copia

La Juez

MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria,

ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/dmg