REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Cabudare, 07 de Junio de 2011
Años 201° y 152°
SOLICITUD N° 1558-11
Vista la solicitud presentada por SOL DUBRASKA BABINCZUK MUÑOZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.432.106, debidamente asistidos por el Abogado RUBEN DARIO HURTADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 64.230, por medio del cual solicita se declare TITULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a su favor, sobre unas bienhechurías que tiene construida a sus propias expensas y con dinero de su propio peculio, sobre terreno ejido ubicado en el sector 3 de las Cuibas, calle Los Venados cruce con calle Los Artesanos Parcela sin numero, Municipio Palavecino del Estado Lara, el cual mide MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (1.687Mts2); construí tres(03) Bienhechurías, divididas en Parcelas identificadas en la forma siguiente: PARCELA NUMERO UNO (1), que mide aproximadamente DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN DECIMETRO (287,81 M2). Comprendido en los siguientes linderos: NORTE: En línea con Casa de Luz Niria Babinczuk Muñoz; SUR: En línea con Parcela numero dos (02); ESTE: En línea con Rafael Ernesto Rincón Carles; y OESTE: En línea con Área Común. Las bienhechurías construidas miden aproximadamente CIENTOS DOS METROS CUADRADOS CON ONCE DECIMETROS (102,11 M2) PARCELA NUMERO DOS (2), que mide aproximadamente DOSCIENTOS SETENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y CUATRO DECIMETROS (277,84 M2). Comprendido en los siguientes linderos: NORTE: En línea con Parcela numero uno (01) ; SUR: En línea con Parcela numero Tres(03); ESTE: En línea con Rafael Ernesto Rincón Carles; y OESTE: En línea con Área Común. Las Bienhechurías construidas miden CIENTO DOS METROS CUADRADOS CON ONCE DECIMETROS.(102,11M2). PARCELA NUMERO TRES (3), que mide aproximadamente TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE DECIMETROS (379,57 M2). Comprendido en los siguientes linderos: NORTE: En Línea con parcela numero dos (2); SUR: En línea con casa que es ó fue de Doris Torrealba; ESTE: En línea con Rafael Ernesto Rincón Carles; y OESTE: En línea con Área Común. Las bienhechurías construidas miden aproximadamente CIENTOS DOS METROS CUADRADOS CON ONCE DECIMETROS 102,11 M2).Las bienhechurías están constituidas por una Viviendas que consta cada una de: Porche, garaje, sala, comedor, cocina, dos (2) dormitorios, dos (2) baños, un (1) lavadero, pisos de caico y baldosa, techo machihembrado . Que el costo de dichas bienhechurías es la cantidad TRESCIENTOS MIL BOLIVARES FUERTES CON 00/100 (BsF. 300.000,oo)
Para decidir este Tribunal observa:
UNICO
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos: YULIMAR JUSTINA SILVA GUDIÑO Y EMMA MARGARITA PALMA DE CHANG, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.885.087 y V- 7.417.574, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, por lo que, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el Artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los Artículos 936 y 937 ejusdem y, dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor de SOL DUBRASKA BABINCZUK MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.432.106, sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno, sea un ente público o privado, conforme al Acuerdo del Primero (01) de Abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa.
Devuélvanse las actuaciones a la parte interesada, déjese copia del presente decreto y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
La Jueza.
Abg. Dulce Maria Montero Vivas.
El Secretario
Abg. Lucio Torres Armeya
Se devuelve al interesado.
El Secretario
Abg. Lucio Torres Armeya.