REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, AGRARIO, BANCARIO Y CONSTITUCIONAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.
ACTUANDO EN SEDE CIVIL PRODUCE EL PRESENTE FALLO INTERLOCUTORIO CON FUERZA DEFINITIVA
EXPEDIENTE Nro. 23.952
DEMANDANTE: ROSA JULIA MONTILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 3.905.231, divorciada, domiciliada en La Urbanización Brisas de Jalisco, Manzana 2, casa Nro 2-36 Municipio Motatan del estado Trujillo.
DEMANDADO: ANTONIO RAMÓN RAMÍREZ, venezolano, mayor de edad, titular de las cedulas de identidad Nro. 4.662.279, domiciliado en San Luis, Parte Baja, Sector S, casa Nro 36, Municipio Valera del estado Trujillo.
MOTIVO: DIVORCIO.
ÚNICA:
Vista la diligencia de fecha veinticinco (25) de marzo de dos mil once (2011), donde el abogado Máximo Rangel Paredes, inscrito en el I.P.S.A bajo el No. 46.740, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ROSA JULIA MONTILLA, mediante el cual desiste del presente procedimiento, por cuanto la misma no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO del procedimiento hecho por la demandante. Publíquese y Cópiese.- Dada, firmada y sellada en la sede donde despacha este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Trujillo. En Trujillo, a los veintiocho (28) días del mes de marzo de dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez Provisorio,

Abg. Juan Antonio Marín Duarry.-
El Secretario Accidental,
T.S.U. Jairo Antonio Dávila.-
En..
…la misma fecha se publicó el fallo, siendo las:
El Secretario Accidental,

T.S.U. Jairo Antonio Dávila.-
Sentencia Nro 071