REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, uno de marzo de dos mil once
200º y 152º
SENTENCIA
Nº DE EXPEDIENTE: TP11-L-2010-000031
PARTE ACTORA: CARLOS ALBERTO DUARTE CARRASCO
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE Y SURTIDORA LARUSSO C.A EN LA PERSONA DE SU REPRESENTANTE LEGAL MICHELE LORUSSO SALERNO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NIXON ANTONIO SANCHEZ y YADIRA ADRADE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy,1 de marzo de 2011, día y hora fijado para la prolongación de la Audiencia Preliminar, verificada la presencia de las partes comparen a la misma la parte demandada TRANSPORTE Y SURTIDORA LORUSSO C.A EN LA PERSONA DE SU REPRESENTANTE LEGAL MICHELE LORUSSO SALERNO, por medio de sus apoderados judiciales NIXON ANTONIO SANCHEZ y YADIRA ADRADE, inscritos en i.p.s.a bajo el no 87.181 y 60.709, respectivamente según poder agregado en autos al folio 89; No compareciendo el ciudadano CARLOS ALBERTO DUARTE CARRASCO, ni por si, ni por medio de su apoderado judicial. Acto seguido vista la incomparecencia de la parte demandante, la Jueza pasa a dictar sentencia de acuerdo a lo establecido en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y actuando EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, siendo la 1:40 p.m. Regístrese y publíquese. A los 200 años de la Independencia y 151 años de la Federación.
ABG. ANA R GUEDEZ MONTILLA
LA JUEZA PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN
LA SECRETARIA
ABG. EILEEN VLECILLOS
La Secretaria de este Tribunal deja constancia que siendo las 1:40. p.m. Del día de hoy 1- 3-2011 se publicó la sentencia anteriormente dictada.
La Secretaria
ABG. EILEEN VLECILLOS
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