REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, once de marzo de dos mil once
200º y 152º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2011-000030
PARTE ACTORA: LISETH CORINA RONDON VALERO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: RUBÉN RONDÓN
PARTE DEMANDADA: VARIEDADES ARMENIA, C.A
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: CARLOS MUÑOZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES Y OTROS CONCEPTOS

En el día hábil de hoy, 11 de Marzo de 2011, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los ciudadanos, LISETH CORINA RONDON VALERO, titular de la cedula de identidad N- 12.798.211 asistida en este acto por su apoderado judicial Abg. RUBEN RONDON, inscrito en el IPSA bajo el N- 38.886 y VARIEDADES ARMENIA, C.A representada legalmente por el ciudadano ABAD ARTURO MARIN MIRA, titular de la cedula de identidad E-84.279.337, asistido por el Abg. CARLOS JOSÉ MUÑOZ, inscrito en el IPSA bajo el N- 78.118, quienes han llegado al siguiente acuerdo: Luego de depuradas las cuentas y montos la parte demandada ofrece cancelar la cantidad de Bs. 2.000,00 con el fin de finalizar el presente litigio, que comprende los conceptos de antigüedad, intereses, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionadas, utilidades fraccionadas que dicho monto se cancelara en este acto en dinero en efectivo en moneda de curso legal, en este acto la parte demandante esta de acuerdo libre de constreñimiento acepta lo ofrecido y solicitan se homologue el acuerdo. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. No se condena en costas por el acuerdo llegado entre las partes. En este acto la parte actora presente recibe conforme en sus propias manos la cantidad en dinero efectivo de Bs. 2.000,00. Se termino la audiencia preliminar conforme se lee y firma siendo las 9:30 a.m.
La Juez

La Secretaria
Abg. Yulibett Calderón
Abg. Astrid León


La Demandante Abg. Asistente


Representante Legal de la Empresa Abg. Asistente