REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
ACTA INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR (Desistida)
ASUNTO Nº KP02-L-2010-1262
PARTE ACTORA: LUIS ALEJANDRO ANDRADE LARA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 20.234.708
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: RAIZA MERINO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 92.454
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil D` VARON STORE en la persona de su representante legal ciudadana ANDREA GUERRERO
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 10 de marzo del 2011, siendo las 09:30 AM, día y hora fijado para la celebración de la audiencia preliminar; el alguacil WILMER LINARES, procedió a dar llamado ante las puertas de este Tribunal, a viva voz, a las partes en litigio, NO COMPARECIENDO ninguna de las partes. Se deja constancia de la presencia del abogado RAIZA MERINO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 92.454, en su condición de Procurador de los Trabajadores, quien no posee poder para representar al accionante. Por lo que en este estado la Juez como directora del proceso procede a dictar sentencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la Ley declarando DESISTIDO el procedimiento debido a la inasistencia de la parte demandante; consecuencias jurídicas estas previstas en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; indicando que según el parágrafo Primero del mismo artículo, solo se extingue la instancia y que la parte actora, deberá dejar transcurrir los noventa (90) días continuos para volver a proponer la demanda. Es todo. Se termino siendo las. Conformes firman.
LA JUEZ,
ABG. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO
EL PROCURADOR
EL SECRETARIO
ABOG MANUEL GARCIA
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