REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL



Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 15 de Marzo de 2011
200º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2010-001580
ASUNTO : TP01-S-2010-001580

RESOLUCIÓN

El día 09 de Marzo de 2011, se constituyó este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Nº 01 Audiencia y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Trujillo, a cargo de la Juez Abg. Lisbeth Y. Hernández M., acompañada de la Secretaria del Tribunal Abg. Karla Contreras, a los fines de dar inicio al acto en virtud del escrito de acusación interpuesto por el Fiscalia I del Ministerio Público en contra del imputado RAFAEL ALBERTO GUTIÉRREZ LEAL, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio la victima YARITZA DEL CARMEN GUTIÉRREZ RAMIREZ, encontrándose presentes: el Fiscal I del Ministerio Público Abg. Reina Pimentel, la defensa publica Abg. Sandra Espinoza, en colaboración de la defensa publica Abg. Maria Parilli el imputado RAFAEL ALBERTO GUTIÉRREZ LEAL, la victima YARITZA DEL CARMEN GUTIÉRREZ RAMIREZ.

PETICION MINISTERIO PUBLICO
Narró los hechos que le imputa al acusado, expuso que de conformidad con el artículo 285 ordinal 4° de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo dispuesto en el numeral 11° del articulo 34 de la Ley Orgánica del Ministerio Publico y el numeral 4° del articulo 108 y 326 del Código Orgánico Procesal Penal, realizó formal acusación en contra del acusado RAFAEL ALBERTO GUTIÉRREZ LEAL, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio la victima YARITZA DEL CARMEN GUTIÉRREZ RAMIREZ, presento pruebas que constan en su escrito de acusación, finalmente solicitó el enjuiciamiento del imputado y la admisión de la acusación y pruebas, señalando su pertinencia y necesidad, solicitó al Tribunal ordenara auto de apertura a juicio Oral y Publico.

IMPOSICIÓN PRECEPTO CONSTITUCIONAL
Impuesto el acusado del Artículo 49 ordinal 5to de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se identifico RAFAEL ALBERTO GUTIÉRREZ LEAL, titular de la cédula de identidad Nº V-17.391.234, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de 24 años, ocupación Mecánico, hijo de Rafael Gutiérrez (+) y de Lisbeth del Carmen Marín natural de Valera estado Trujillo, nacido en fecha 05/10/1986, residenciado en Sector 01 Vereda 01 Casa Nº 40 de la Urbanización José Humberto Contreras (Morón) Valera Estado Trujillo telefono 0271-2252478, quien manifestó: “no voy a declarar es todo”.
PEDIMENTO DEFENSA PUBLICA
Ratificó el escrito presentado, en la cual opone la excepción establecida en el articulo 28 numeral 4 literal i, falta de requisitos de procedibilidad para intentar la acción por cuanto los testigos que promovió la defensa no fueron llamados a declara por la tanto solicito se decrete el sobreseimiento de la causa como consecuencia de la declaratoria con lugar de la solicitud que este acto, es todo.

EXPOSICIÓN VÍCTIMA
Se identificó como YARITZA DEL CARMEN GUTI ÉRREZ RAMIREZ, titular de la cedula de identidad Nº 10.907.136, expuso: el no se ha vuelto a meter conmigo es todo”. El tribunal vista la solicitud de la defensa y revisadas las actuaciones se verifica que los testigos promovidos por la defensa no fueron declarados por la fiscalia del ministerio público razón por la cual se declara con lugar la solicitud por parte de la defensa.

DECISIÓN JUDICIAL
ESTE TRIBUNAL DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN FUNCIONES DE CONTROL AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 01, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: decreta el SOBRESEIMIENTO FORMAL de la presente acusación y exhorta la Ministerio Publica que prosiga la investigación y se declaren los testigos promovidos en la audiencia de presentación de imputado por la defensa con respecto a favor del ciudadano: RAFAEL ALBERTO GUTIÉRREZ LEAL, titular de la cédula de identidad Nº V-17.391.234, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, de 24 años, ocupación Mecánico, hijo de Rafael Gutiérrez (+) y de Lisbeth del Carmen Marín natural de Valera estado Trujillo, nacido en fecha 05/10/1986, residenciado en Sector 01 Vereda 01 Casa Nº 40 de la Urbanización José Humberto Contreras (Morón) Valera Estado Trujillo telefono 0271-2252478, en virtud de la declaratoria con lugar de la excepción opuesta por la defensa pública, todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 28 ordinal 4º, literal “i”, en concordancia con el artículo 33 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, Cúmplase.

LA JUEZA DE CONTROL Nº 01

Abg. Lisbeth Y. Hernández M.

LA SECRETARIA

Abg .Ana Celina Materano