REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, dieciséis de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: KP02-J-2011-001017
SOLICITANTE: TERESITA DE JESUS SUAREZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.435.598, de este domicilio, debidamente asistida por la Defensora Publica Primera abogada BELKIS MARTINEZ PARTIDAS.
BENEFICIARIOS: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, de seis (06), y de cinco (05), años de edad respectivamente.
Motivo: Autorización judicial.
En fecha 09 de marzo de 2.011, la ciudadana TERESITA DE JESUS SUAREZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.435.598, actuando en representación de sus nietos, IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, de seis (06), y de cinco (05), años de edad respectivamente, hijo del De Cujus, RONNY MANUEL VASQUEZ SUAREZ, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 19.119.288, quien falleció el día 01 de febrero de 2010, según se evidencia en actas Nº 08, expedida por la Alcaldía Socialista de Campo Elías, Parroquia Montalbán-Ejido, Estado Mérida, presentó solicitud en la cual indicó que actúa como abuela paterna, representante Legal de sus nietos, se evidencia en Copia Certificada de Medida de Colocación Familiar, dictada en fecha 18 de enero de 2011, por ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Estado Lara, el De Cujus, ya identificado, dejo como beneficiarios a mi como madre, y a sus hijos antes referidos, a través de una póliza de Seguro de Vida con Seguros InterBank, aperturando una cuenta de ahorros en Banco Fondo Común BFC, incluyéndonos como beneficiarios, por lo que procedió a tramitar y hacer efectivo los derechos que le corresponden a los beneficiarios, anexo a su solicitud copia certificadas de las partidas de nacimientos de los beneficiarios, copias certificada del acta de defunción, copia certificada del Únicos Universal Herederos, expedido por el Tribunal Primero de Mediación y Sustanciación, del Estado Lara, copias certificada de medida provisional de colocación familiar, planilla de póliza de vida de seguros InterBank.
En fecha 15 de marzo de 2010, se admitió la solicitud cuanto ha lugar en derecho, por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la ley.
PUNTO PREVIO:
Este Juzgado para decidir observa:
A los folios Nos 19 y 20 de autos, consta que los beneficiarios de autos, ya identificados, son beneficiarios de la póliza de Seguros InterBank adquirido por el DE-CUJUS, ciudadano RONNY MANUEL VASQUEZ SUAREZ, ya identificado, por tanto, tienen todo el derecho a concurrir a la herencia dejada por su causante. Ahora bien, en virtud de que la ciudadana TERESITA DE JESUS SUAREZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.435.598, solicita autorización para hacer efectivo el cobro de beneficios que le corresponden a sus nietos ya identificados, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en la ciudad de Barquisimeto, concede la autorización solicitada. Así se decide. Se prescinde la audiencia por resultar inoficiosa y se atiende al principio de celeridad y economía procesal.
DECISIÒN
Llenos los requisitos exigidos, considerando este Juzgado de conformidad con la norma del artículo 267 del Código Civil, que le corresponden a los niños de nombres: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA, de seis (06), y de cinco (05), años de edad respectivamente, hijos del De Cujus, RONNY MANUEL VASQUEZ SUAREZ, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 19.119.288, quien falleció el día 01 de febrero de 2010, según se evidencia en actas Nº 08, expedida por la Alcaldía Socialista de Campo Elías, Parroquia Montalbán-Ejido, Estado Mérida, ante: la compañía de Seguros InterBank, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente a la ciudadana TERESITA DE JESUS SUAREZ JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.435.598, para gestionar ante la compañía SEGUROS INTERBANK, los beneficios que le corresponden a los beneficiarios de autos, ya identificados.
Se le advierte a la solicitante, a la compañía Seguros InterBank, y cualquier otro organismo, que los montos correspondientes Al adolescente y de los niños, deberán ser remitidos a este despacho mediante Cheque de Gerencia a la orden del Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, extensión Barquisimeto. Así se decide.
Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los 16 de marzo de 2011. Años: 200° y 152°.
LA JUEZ PRIMERO DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÒN
Abg. ALIDA VILLASANA DE ANDUEZA
La Secretaria.
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 0652-2.011, siendo las 10:46a.m
La Secretaria.-
AVDEA/rgh.-
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