PARTES: YHTUMBEN VERLING RIVERO GIMENEZ y SANDY ANTONY SOTO TORRES Venezolanos mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nrs V-19.165.082 y 17.506.089 respectivamente.
Beneficiarios: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES, de 06, 05 y 03 años de edad respectivamente.
MOTIVO: Homologación de Obligación de Manutención.

En fecha 14 de junio de 2010, comparecieron por ante la sala de juicio Nº 3 del tribunal de Protección de Niños y Adolescentes los ciudadanos YHTUMBEN VERLING RIVERO GIMENEZ y SANDY ANTONY SOTO TORRES, quienes suscribieron acuerdo con respecto a la obligación de manutención en beneficio sus hijos IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES.
Este Tribunal HOMOLOGA al acuerdo de obligación de manutención, el cual consiste en lo siguiente:

PRIMERO: La madre suministrara por concepto de obligación de manutención en beneficio de sus hijos la cantidad de CUATROSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 400) mensuales, que serán depositados a razón de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs.200) quincenales en la cuenta que el padre se compromete a aperturar.
SEGUNDO: Los gastos relacionados a medicinas y consultas medicas serán costeados al 50 % por cada uno de los padres. En cuanto a los gastos de vestuario y calzado serán costeados al cincuenta por ciento por cada uno de los padres.
TERCERO: Los gastos escolares, útiles, uniformes, serán costeados en partes iguales por ambos padres.”
PUNTO PREVIO
Por cuanto la Abg. Rosangela Sorondo Gil, fue designada Juez Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación conforme a Resolución Nº 2008-0032 de fecha 06 de agosto de 2008, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39034 de fecha 09 de octubre de 2.008, se aboca al conocimiento de la presente causa la juez designada.

DECISION:
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, en atención a lo estipulado en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de Obligación de Manutención, por los ciudadanos YHTUMBEN VERLING RIVERO GIMENEZ y SANDY ANTONY SOTO TORRES en beneficio de sus hijos IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS NIÑAS Y ADOLESCENTES, por estar conforme a la Ley y no vulnerar derechos de los beneficiarios. Téngase el acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada del mismo a los interesados. Regístrese y publíquese.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara. Barquisimeto, 22 de marzo de 2011. Año 200º y 151º.

LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACION

Abg. ROSANGELA M. SORONDO GIL.
LA SECRETARIA

Abg. OLGA SOFIA DAAL.
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 711-2.011 y se publicó siendo las 10:55 a.m.
LA SECRETARIA

Abg. OLGA SOFIA DAAL.



RMS/OD/Luis J