REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
200º y 151º
Barquisimeto, 18 de Marzo de 2011
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-2010-017487
“NEGATIVA DE SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR”:
Corresponde a este, Juzgado de Primera Instancia en funciones Quinto de Control del Estado Lara, pasar a pronunciarse respecto a solicitud efectuada, por los defensores OMAR FLORES, y LEIDY MORENO FLORES, quienes actúan como defensores del imputado LUIS ALBERTO CARUCI TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº 7.434.653, en la cual solicita que a su defendido se le revise la Medida Privativa de Libertad de conformidad a lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Motivación para decidir
Ahora bien, este Tribunal al analizar las presentes actuaciones observa que riela a los folios (26, al 30), Audiencia Especial de Presentación en donde el Ministerio Público precalifico los hechos por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos en los artículos 453 numeral 4to., en relación con el artículo 80, artículos 218, y 277 todos del Código Penal. Como se puede apreciar las circunstancias por las cuales se le decreto la privación de libertad a la imputada de marras no han variado. Motivo por el cual se NIEGA LA SOLICITUD DE CAMBIO DE MEDIDA CAUTELAR, a favor del imputado LUIS ALBERTO CARUCI TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº 7.434.653. Así se decide.
DECISIÓN
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones Quinto de Control en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: NIEGA LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR, a favor de la imputado LUIS ALBERTO CARUCI TORREALBA, titular de la cédula de identidad Nº 7.434.653.
Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
JUEZ QUINTO DE CONTROL
MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ
SECRETARIO (A)
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