REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES QUINTO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
200º y 151º
Barquisimeto, 18 de Marzo de 2011

ASUNTO: KP01-P-2008-004623

“ DECAIMIENTO”

Corresponde a este, Juzgado de Primera Instancia en Funciones Quinto de Control, del Estado Lara, pasar a pronunciarse, en cuanto a la solicitud de DECAIMIENTO, que invoca el Defensor RUBEN DARÍO VILLASMIL DELGADO, quien actúa como defensor del imputado OSCAR MEJIAS GONZALEZ, titular de la cédula de identidad Nº 20.348.905, exponiendo dicho defensor en su escrito de solicitud que su defendido se encuentra cumpliendo con el régimen de presentaciones cada 08 días por más de DOS años, por lo que solicita el DECAIMIENTO de la medida, y se le fije Audiencia de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal.

Motivación para decidir

Este Tribunal al analizar la solicitud incoada por el abogado RUBEN DARÍO VILLASMIL DELGADO, y el presente Asunto observa que efectivamente el imputado lleva mas de dos años cumpliendo con la medida de presentaciones, sin que el representante del Ministerio Público haya presentado el respectivo acto conclusivo, es por lo que considera quien aquí decide que esta ajustada a derecho la solicitud planteada y se DECRETA EL DECAIMIENTO de la medida de presentaciones, y en su lugar se impone Medida Cautelar establecida en el artículo 256 Ordinal 9no. Como lo es presentarse ante el Tribunal o Ministerio Público cuando sea requerido, y se ordena fijar Audiencia de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal.

DECISIÓN
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones Quinto de Control en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se DECRETA EL DECAIMIENTO de la medida de presentaciones, y en su lugar se impone Medida Cautelar establecida en el artículo 256 Ordinal 9no. Como lo es presentarse ante el Tribunal o Ministerio Público cuando sea requerido. SEGUNDO: Se ordena fijar Audiencia de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes. Cúmplase.-

JUEZ QUINTO DE CONTROL

MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ

SECRETARIO (A)