REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 18 de MARAZO de 2011.
Año 200º y 151º
ASUNTO KP01-P-2010-0016241
Visto el escrito de la Fiscalia del Ministerio Público del Estado Lara, en el que solicita prorroga de quince (15) días para presentar el acto conclusivo en la presente causa, el Tribunal observa:
Que la medida de privación judicial preventiva de libertad se decretó en fecha 19-02-2011.
Que el artículo 250 del COPP, impone como requisito a la solicitud que la misma sea motivada.
En ese sentido, el fiscal del Ministerio Público ha expresado como motivos para solicitar la prorroga que “POR CUANTO HASTA LA PRESENTE FECHA SE ESPERA POR DILIGENCIAS QUE ESTAN POR REMITIRSE A EST Despacho Fiscal por parte del Cuerop de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del estado Lara; todo ello en virtud que guarda relación con los hechos investigados y se hacen necesarios a los fines de emitir el correspondiente acto conclusivo”.
Por lo que estando motivada la solicitud de prorroga y siendo solicitada tempestivamente, es procedente otorgar la prorroga de quince (15) días a la Vindicta Pública para que emita el acto conclusivo. Así se resuelve.
En merito a las razones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el quinto aparte del articulo 250 del COPP, declara PROCEDENTE en derecho la petición de la Fiscalia Segundao del Ministerio Público, en consecuencia se acuerda la PRORROGA POR EL LAPSO DE QUINCE (15) DIAS, para emitir el acto conclusivo en la causa seguida al ciudadano JUAN JOSE MEJIA DABOIN por la presunta comisión del delito de Robo Agravado de Vehiculo Automotor.
Líbrese notificación a las partes.
Juez de Control 7
BEATRIZ PEREZ SOLARES