REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 22 de Marzo de 2011
Años: 200º y 151º.
ASUNTO: KP02-S-2011-1674
Vista la solicitud presentada por el (la) ciudadano(a), MARY LUZ RIVERO SANCHEZ, venezolano, mayor(es) de edad, titular(es) de la cédula de identidad Nº V-13.269.657, respectivamente, de este domicilio, asistidos por el(la) abogado(a), OMERY SANCHEZ YANEZ, inscrita en el I.P.S.A. Nº 127.455, de este domicilio, donde manifiesta se le conceda TITULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre unas bienhechurías que construyó con dinero de su propio peculio y a sus propias expensas, edificadas sobre un lote de terreno EJIDO, el cual mide DOSCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (260 M2) aproximadamente y está comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: En línea de 10.34 metros con Avenida Libertador que es su frente; SUR: En línea de 15.30 metros con la carrera 32; ESTE: En línea de 20.25 metros con ocupados por María Inocencia Mejías y OESTE: En línea de 21.85 metros con terreno ocupados por Pedro Rivero Sanchez, . Dichas bienhechurias tienen las siguientes características una casa de un nivel distribuido en dos partes, una con frente a la Avenida Libertador conformado por una habitación de 20 metros cuadrados, un salón que integra sala-comedor-cocina de 18.23 metros cuadrados, un baño comun de 4 metros cuadrados, un local comercial con baño de 42.09 metros cuadrados y un área de estacionamiento vehicular de 28.38 metros cuadrados, y otra con salida a la carrera 32 conformado por una habitación con baño privado de 12.28 metros cuadrados, una habitación de 21.04 metros cuadrados, un baño común de 4 metros cuadrados, un salon integrado por sala-comedor de 18.86 metros cuadrados, un espacio destinado a la cocina de 7.12 metros cuadrados, un patio de 31.19 metros cuadrados y un área para el estacionamiento vehicular de 24.74 metros cuadrados, puertas y ventanas de hierro, acometidas de aguas blancas, aguas negras y luz por sus respectivos puntos, cerca perimetral de bloques, con portón y puertas de hierro y demas anexidades. . Ubicada Avenida Libertador, entre calles 45 y 46, Urbanización Simón Rodríguez, casa número 45-82, Parroquia Concepción Municipio Iribarren del estado Lara. Todo por un valor de SEISCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 650.000.00).
Para decidir este Tribunal observa: --------------------------------------------------------------
UNICO:
Tomando en consideración las declaraciones de los testigos EROS FIGUEROA y YENNY CAMACHO, mayores de edad, titulares de las cédulas Nos. V- 24.549.769 y V- 11.594.491, respectivamente, ambos de este domicilio, quienes son contestes entre sí en reafirmar que los hechos narrados en la solicitud son ciertos, se aprecian sus testimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 ejusdem y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y declara TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor del (la) ciudadano(a) MARY LUZ RIVERO SANCHEZ, antes identificado (a), sobre las bienhechurías que se determinan suficientemente en el presente decreto, el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa. Devuélvase las actuaciones a la parte interesada, y tómese nota en el Libro Diario llevado en el Tribunal.
La Jueza,
Abg. Patricia Lourdes Riofrío Peñaloza
La Secretaria
Abg. Ilse Gonzáles
Seguidamente se devuelve al interesado con sus resultas.
La Sec.-
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