REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, veinticuatro de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: KP12-M-2011-000008.-
DEMANDANTE: CARLOS EDUARDO GUALTIERI HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 12.450.079, con domicilio en Carora Municipio Torres.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: MARIA LAURA RIERA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 92.001, de este domicilio.
DEMANDADO: JAIME JOSE PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 11.695.099, de este domicilio.
MOTIVO: SENTENCIA INTERLOCUTORIA POR COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION).

Habiéndose cumplido los requisitos de Intimación del demandado antes identificado, a los fines de que pague las deudas especificadas en el libelo de demanda. Por cuanto se observa que se ha vencido el lapso de oposición o pago, sin que la parte demandada haya cumplido con la misma, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR EL PETITORIO Y PROCEDE A LA EJECUCION DEL DECRETO DE INTIMACION COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con lo establecido en el Articulo 651 del Código de Procedimiento Civil.