REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, veinticuatro de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: Nº KP12-S-2011-000075.-
La ciudadana YAJAIRA JOSEFINA ROJAS de HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.319.943, de este domicilio, asistida por el Abogado en ejercicio MARIELYS NOGUERA ROJAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 102.243, y de este domicilio, en el cual solicitó la Rectificación de su Acta de Nacimiento, la cual se encuentra inserta por ante la Prefectura del Municipio Torres, bajo el Nº 754, Folio Nº 250 vto de fecha 08 de Septiembre del año 1.955; en uno de los Libros de Registro Civil de Nacimientos llevado por ante dicho Despacho; por cuanto se incurrió en los errores al asentar el apellido de su madre como “ROSA YOLANDA ROJAS” siendo lo correcto “ ROSA YOLANDA ROSAS de ROJAS .”
La solicitud se admitió a sustanciación, acordándose la citación del Fiscal VIII del Ministerio Público y publicar un Edicto por la prensa.
Ahora bien, este Tribunal para decidir observa:
Con los recaudos acompañados a la solicitud, consignado como fue el edicto en fecha 18-02-2011, copias fotostáticas de las cédulas de identidad cursante a los folios 03 y 04, acta de nacimiento, cursante al folio 05 y planilla de datos filiatorios cursante al folio 06, las cuales fueron valoradas por este Tribunal como plena pruebas por ser concordes en cuanto a los nombres que se pretenden corregir, éste