REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, veinticinco de marzo de dos mil once
200º y 152º
ASUNTO: KP12-M-2010-000014.-

DEMANDANTE: CARLOS ANTONIO GARCIA ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 12.691.751, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: DOUGLAS RODRIGUEZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 11.165.
DEMANDADOS: PABLO JOSE GIL GONZALEZ y JORGE ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cedula de Identidad Nros. 9.850.948 y 5.973.355, respectivamente, de este domicilio.

Por cuanto se observa que han transcurrido más de Treinta (30) días desde la fecha de la admisión de la demanda sin que el demandante hubiese cumplido con la obligación que le impone la ley para la práctica de la citación a la parte demandada, a los fines de la prosecución del proceso.