REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO
ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO TRUJILLO

Boconó, Veintitrés (23) de mayo del año dos mil once (2.011)

AÑOS: 201º Y 152º

DEMANDANTE: FRANCISCO JOSÉ VILLEGAS CALDERÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.468.498, domiciliado en el Municipio Boconó Estado Trujillo, a través de su Apoderada Judicial, Abogado en ejercicio ARELYS ELENA AZUAJE GARCÍA, inscrita en el Inpreabogado, bajo el N° 119.514.
DEMANDADO: ALEXANDER ANTONIO HERNANDEZ MEJÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.329.896, domiciliado en el Municipio Boconó Estado Trujillo; a través de su Apoderada Judicial, Abogada en ejercicio BETSY CRISTINA TERAN PIMENTEL, inscrita en el Inpreabogado, bajo el N° 58.186.
Motivo: DESALOJO DE INMUEBLE.-
EXPEDIENTE N° 1.771-2.006.-
Visto el Decreto N° 8.190, CON RANGO, VALOR Y FUERZA DE LEY CONTRA EL DESALOJO Y LA DESOCUPACIÓN ARBITRARIA DE VIVIENDAS, publicado en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela, N° 39.668, de fecha 06 de Mayo del 2011, este Tribunal a los fines de dar fiel cumplimiento al mismo, acuerda: PRIMERO: La suspensión del presente juicio por un lapso de CIENTO VEINTE (120) DÍAS HÁBILES. SEGUNDO: Se deja establecido que se verificó que el ciudadano ALEXANDER ANTONIO HERNANDEZ MEJÍA, titular de la cédula de identidad N° V-16.329.896, durante el proceso estuvo representado por su Apoderada Judicial, la Abogado en ejercicio BETSY CRISTINA TERAN PIMENTEL, inscrita en el Inpreabogado, bajo el N° 58.186, de conformidad con lo requerido en el Numeral 1 del Artículo 13 del mencionado Decreto de Ley.- PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA. Dada Sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, a los Veintitrés (23) días del mes de Mayo del año dos mil once.-
La Juez Temporal,


Abg. Soraya Soler Cuevas La Secretaria,


Abg. Yonely Fernández Mejía