REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELIAS
...Horas de Despacho del día de hoy, veintitrés (23) de Mayo del año dos mil once, presente en la sede del Juzgado de los Municipios Boconó y Juan Vicente Campo Elías de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, la Juez Temporal del mismo: Abogada: SORAYA COROMOTO SOLER CUEVAS, ante la Secretaria del Despacho expone: “Me Inhibo de conocer en la presente comisión, por cuanto tengo enemistad manifiesta con uno de los Apoderados Judiciales específicamente el abogado: PABLO ALFREDO BAPTISTA ARRIAGA, fundamento mi inhibición en el Numeral 18° del Artículo 82, del Código de Procedimiento Civil.- Terminó, se leyó y conformes firman.-
La Secretaria,
Abg. Yonely Fernández Mejía
La Juez Temporal,
Abg. Soraya Soler Cuevas
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOCONÓ Y JUAN VICENTE CAMPO ELÍAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO.- BOCONÓ, VEINTITRÉS (23) DE MAYO DEL AÑO DOS MIL ONCE.-
201° y 152°
Vista de la Inhibición planteada por la Juez Temporal de este Despacho, Abg. SORAYA COROMOTO SOLER CUEVAS, quien de conformidad con lo establecido en el Numeral 18º del Artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, se inhibe de conocer de la presente comisión; se acuerda oficiar a la Juez Rectora, a los fines de que nombre el Suplente correspondiente, e igualmente se acuerda oficiar al Juez Superior en lo Civil, Mercantil, de Tránsito, y de Menores de ésta misma Circunscripción Judicial y a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo con sede en la ciudad de Caracas; participando de dicha inhibición.-
La Juez Temporal,
Abg. Soraya Soler Cuevas
La Secretaria,
Abg. Yonely Fernández Mejía
En la misma fecha se le dió cumplimiento al auto que antecede y se ofició bajo los Nros. 3220-523, 3220-524 y 3220-532.-
La Secretaria,
SSC/YFM/nqv