REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, seis de mayo de dos mil once
201º y 152º

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2011-000021
PARTE ACTORA: DOUGLAS NUÑEZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: GRACIANO BRIÑEZ MANZANERO
PARTE DEMANDADA: CERVECERÍA POLAR C.A y TRANSPORTE SINGER C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: POR TRANSPORTE SINGER LORENZO HIDALGO Y POR CERVECERIA POLAR CA EMERSON MORA
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS

En el día hábil de hoy seis (06) de mayo (05) de dos mil once (2011) , siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por intermedio de apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Se deja constancia que la parte demandada TRANSPORTE SINGER C.A. se encuentra representado en este acto por su apoderado judicial Abg. LORENZO HIDALGO, inscrito en el IPSA bajo el N- 104.986, quien expresa que su condición de apoderado consta en el asunto a los folios 90 y 91 pieza N- 1 y la CERVECERIA POLAR CA, se encuentra representada por su apoderado Abg. EMERSON MORA, inscrito en el IPSA bajo el N- 78952 quien consigna poder en original y copia para la certificación de la copia y devolución del original por lo cual se ordeno certificar conforme al artículo 21 ord. 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y se le devolvió el original. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
La Juez

El Secretario
Abg. Yulibett Calderón
Abg. Osman Gil


Apoderado Transporte Singer CA


Apoderado Cervecería Polar