REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
TRUJILLO, 10 de Mayo de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : TP01-S-2008-000272
ASUNTO : TP01-S-2008-000272
Celebrada Audiencia Especial de Verificación de Condiciones en la causa seguida al ciudadano JOON JESÚS GONZALEZ BRICEÑO, titular de la cédula de identidad Nº 16.740.096, venezolano de 26 años de edad, fecha de nacimiento 22/12/1982, natural de Valera estado Trujillo hijo de José Méndez y Maria Ramona Briceño de González, de profesión u oficio Chofer y Estudiante y residenciado en Avenida Principal el Amparo, Sector la Matera Municipio Carvajal, estado Trujillo, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en agravio de la ciudadana DAYANA LETICIA HERNANDEZ HERNANDEZ, habiéndosele acordado la Suspensión Condicional del Proceso bajo un Régimen de Prueba de Un (01) año, este Tribunal emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: La Representación Fiscal presente en la audiencia manifestó que si bien es cierto no existe denuncia alguna en contra del Acusado por parte de la víctima que haga presumir su incumplimiento, pero revisada la planilla de presentaciones se evidencia que el mismo no se presentó, incumpliendo con esta medida, por lo que solicito la ampliación del régimen de prueba de conformidad con el artículo 46 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Seguidamente la Jueza procede a imponer del precepto constitucional del artículo 49.5 y de los artículos 130 y 131 del Código Orgánico Procesal Penal al Acusado JOON JESÚS GONZALEZ BRICEÑO, titular de la cédula de identidad Nº 16.740.096, venezolano de 26 años de edad, fecha de nacimiento 22/12/1982, natural de Valera estado Trujillo hijo de José Méndez y Maria Ramona Briceño de González, de profesión u oficio Chofer y Estudiante y residenciado en Avenida Principal el Amparo, Sector la Matera Municipio Carvajal, estado Trujillo y expone: “Yo solo me presente una vez”.
TERCERO: La Abogada MARIA ALEJANDRA PARILLI, adscrita a la Unidad de la Defensa Pública y como tal del ciudadano JOON JESÚS GONZALEZ BRICEÑO expone: “me adhiero a lo solicitado por el fiscal del ministerio público, y pido que se le impongan las presentaciones”
Del Tribunal;
Este Tribunal una oídas las exposiciones de las partes y del análisis de las actas procesales, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY ACUERDA: Visto Acusado JOSÉ AURENCIO MONTILLA GARCIA antes identificado, solo cumplió una de las condiciones impuestas en decisión de fecha 26/05/2009 de audiencia preliminar las cuales fue “PROHIBICIÓN DE ACERCARSE A LA VÍCTIMA PARA AGREDIRLA FÍSICA NI VERBALMENTE….” Según el dicho Fiscal y por tratarse de una obligación de no hacer se considera cumplida esta condición, ahora bien verificada la segunda condición como lo es “… PRESENTACIÓN PERIÓDICA CADA SESENTA (60) dias POR ANTE LA OFICINA DE PRESENTACIONES DE ESTE TRIBUNAL…” se observa de la planilla de presentación que el mismo no se presentó evidenciándose el incumplimiento de esta condición. Visto el incumplimiento el fiscal del Ministerio Público solicita la ampliación del lapso de régimen de prueba de conformidad con el artículo 46 numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, no habiendo oposición por parte de la defensa, considerando este Tribunal la procedencia de lo solicitado este Tribunal acuerda AMPLIAR EL LAPSO DE RÉGIMEN DE PRUEBA POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES imponiéndosele como única condición PRESENTACIÓN PERIÓDICA CADA DOS (02) MESES ANTE ESTE TRIBUNAL DE CONTROL de conformidad con los artículos 46 numeral 2º y 44 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese de la presente decisión a la víctima.

Sarelys Aguilar
La Jueza de Violencia Contra La Mujer
en Funciones de Control, Audiencia y Medidas Nº 02

Abg. Jonnathan Briceño
El Secretario