REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Juicio
Barquisimeto, 23 de mayo de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-S-2011-000520
ASUNTO : KP01-S-2011-000520


Por recibida escrito de fecha 16 de mayo de 2011, de la Defensora Pública Primera (S), abogada Reina Milena Almao Álvarez, en el que solicita revisión o sustitución de las medidas cautelares impuestas al ciudadano ORLANDO SILVA, venezolano, con cédula de identidad número V.-4.805.546, este juzgador hace las siguientes consideraciones:
En fecha 5 de mayo de 2011 este tribunal emitió fallo en el que se condena al ciudadano ORLANDO SILVA, venezolano, con cédula de identidad número V.-4.805.546, a cumplir la sanción de 12 meses de prisión por la comisión del delito de Violencia psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, con cédula de identidad número V.-7.352.566, ordenando además, conforme a los artículos 1, 2 numeral 9, 9 y 92 numeral 8 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la salida del referido ciudadano de la residencia en común, por considerar que pudiera quedar ilusoria la ejecución del fecha y del derecho que se pretende.
Ahora bien, la revisión de tales medidas le es impuesta a los Tribunales de Ejecución, pues son tales aparatos jurisdiccionales los encargados de verificar si efectivamente el penado está o no dando cumplimiento con las medidas que pudo haber impuesto en su oportunidad el tribunal sentenciador, estándole vedado a este juzgador hacer pronunciamiento sobre algo que ya se encuentra plenamente decidido, por lo que así las cosas no queda otra alternativa que declarar sin lugar lo peticionado por la defensa pública del ciudadano ORLANDO SILVA, venezolano, con cédula de identidad número V.-4.805.546. Así se decide.


DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio en materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: ÚNICO: Sin lugar lo peticionado por la defensa pública del ciudadano ORLANDO SILVA, venezolano, con cédula de identidad número V.-4.805.546, por no ser procedente en Derecho. Regístrese, publíquese. Cúmplase.
JUEZ DE JUICIO EN VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA

ABOGADO MARCO ANTONIO MEDINA SALAS.

LA SECRETARIA