REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO TERCERO DE CONTROL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
ASUNTO: KP01-P-2011-004073.-
Barquisimeto, 17 de Mayo de 2011 Años 200° y 152°
Corresponde a este Juzgado Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, procede de conformidad con lo dispuesto en los artículos 315 del Código Orgánico Procesal Penal, decidir sobre la solicitud de ARCHIVO FISCAL formulada por la Fiscalía Segunda del Ministerio Publico de esta Circunscripción Judicial, en los siguientes términos:
Se inicia la presente causa por investigación en fecha 12/03/11 donde el Ministerio Publico Presenta escrito ante el tribunal de Control poniendo a su disposición a los ciudadanos Humberto Gregorio Yajure Mujica, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.343.013, Orlando Rafael Yajure Gómez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.764.702, por los Delitos de Secuestros en Grado de Complicidad Previsto y Sancionado en el Articulo 3 y 11 de la Ley de Anti Extorsión y Secuestro los hechos ocurridos en fecha 12-03-2011, cuando el ciudadano Joel Gustavo Pérez García denuncia ante el Grupo Anti Extorsión y Secuestro de la Guardia Nacional de Venezuela, el secuestro de su padre Melanio Pérez Pérez, Titular de la Cedula de Identidad Nº 6.965.218, por cuanto recibió llamada telefónica del numero 0424-5047506 en donde le manifestaban que debía entregar la cantidad de Cinco Mil Bolívares Fuertes, a cambio de la liberación de su padre; una vez desde que se inicia la investigación a través de la relación de llamadas entrantes y saliente de ese numero y aperturas de Celdas, se establece el vinculo entre la persona que esta solicitando el rescate y el ciudadano Víctor Martínez, y una vez entrevistado por el órgano investigador este manifiesta que le vendió una Finca de su propiedad ubicada en el Sector los Chingos al ciudadano Yovanny Villegas y le presta la colaboración a dicho Cuerpo de investigador de trasladarse hasta el lugar, y el Ex Diputado Víctor Martínez manifestó que logro ver en la intersección de las compuertas de San Pedro al ciudadano Yovanny Villegas, por lo que la comisión decide en retornar a verificar si era el ciudadano y estando ambos vehículos en la posición de retorno deciden bajar e inesperadamente pasa un vehiculo toyota que hizo caso omiso a la voz de alto y efectuó disparo en contra de la Comisión, ocasionado un volcamiento del Vehiculo, y Yovanny Villegas logra Huir del sitio, siendo detenidos en el lugar de los hechos los ciudadanos Humberto Gregorio Yajure Mujica y Orlando Rafael Yajure Gómez y colocados a la Orden del Despacho Fiscal…
Observa ésta Juzgador del análisis de las actas que integran el presente asunto, como lo presentado por el Ministerio Publico en su escrito de Fecha 12 de Mayo del 2011 donde decreta el Archivo Fiscal de las actuaciones que conforma las causa llevada por su despacho por considerar en bases a la actuaciones recabadas y practicadas que no existen suficientes elementos de convicción que coadyuven a determinar la responsabilidad en el hecho punible investigado, por lo que este tribunal acuerda el Archivo Fiscal Solicitado por el Ministerio Publica de Conformidad con el 315 del Código Orgánico Procesal Penal y Así se decide.
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara PROCEDENTE la solicitud de Archivo Fiscal, a favor de los ciudadanos 1.-) Humberto Gregorio Yajure Mujica, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.343.013, 2.) Orlando Rafael Yajure Gómez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.764.702.
SEGUNDO: Se acuerda la acuerda la inmediata Libertad de los ciudadanos 1.-) Humberto Gregorio Yajure Mujica, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.343.013, 2.) Orlando Rafael Yajure Gómez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.764.702. Notifíquese a las partes. Regístrese. Cúmplase.-
El JUEZ TERCERO DE CONTROL
ABG. CARLOS GABRIEL TORREALBA GAMARRA.
LA SECRETARIA
ABG. MAYRA BRITO.
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