REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, diez de mayo de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP12-S-2011-000273.-
Vista la solicitud presentada por el ciudadano ROBERT LEONARDO VERDE LAMEDA, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.860.241, asistido por el Abogado en ejercicio MANUEL JOSE PEREZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº. 33.961, en la cual requiere se le conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías consistentes en Una (01) Casa de Habitación, constante de Dos (02) Habitaciones, Un (01) baño, Sala, Cocina y Comedor, construida con paredes de bloque de cemento, Estructura de la construcción de concreto armado; Estructura Techo: hierro; cubierta de techo de riple; paredes friso liso; pisos de cerámica, ventanas y puertas de hierro, con sus accesorios en puertas y ventanas, en un estado de conservación bueno; en una área de construcción de CIENTO DIEZ CON SEIS METROS CUADRADOS (110,6 Mts2), edificadas sobre un lote de Terreno Ejido Urbano, que posee una extensión de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON CUATRO METROS CUADRADOS (257,4 Mts2), ubicado en la Carrera 08 con calle 04, Antonio José de Sucre, de esta ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, y enmarcada dentro de los siguientes linderos: NORTE: Parcela 147-36-01; SUR: Carrera 08, (frente); ESTE: Parcela 147-36-12 y OESTE: Calle # 04. Dichas bienhechurías tienen un valor de CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES (Bs.160.000,oo). Admitida la solicitud se acordó oír las declaraciones de los testigos que presentare la parte interesada. Examinados los recaudos presentados y oídas las declaraciones de los testigos ciudadanos JOHANNA VIRGINIA TORRES BARRIOS y SIMON ANTONIO SUAREZ VARGAS, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 14.003.028 y 5.936.688, respectivamente, domiciliados en esta ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, las cuales son valoradas por este Tribunal como plena prueba por ser contestes en sus afirmaciones
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