Juzgado de los Municipios Carache Candelaria y José Felipe Márquez Cañizalez de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. Carache, dieciséis (16) de Noviembre de dos mil once.-


EXPEDIENTE N° 280/2.005.-

Revisadas como han sido las actas que conforman el presente expediente signado bajo el N° 280/2.005, siendo la demandante: YHONNY MIGUEL RAGA ROMAN y la demandada: VILMA YANIRETH RAUSSEO CAÑIZALEZ, por motivo de SOLICITUD AUMENTO OBLIGACION DE MANUTENCION, la cual fue formulada en fecha 27 de de Octubre de 2.011, por la demandante arriba mencionada y por cuanto el demandado se dio por citado en la presente causa, se llevó a efecto el acto conciliatorio y dichos ciudadanos llegaron al siguiente convenimiento: El ciudadano YHONNY MIGUEL RAGA ROMAN, se compromete en pasarle a la ciudadana: VILMA YANIRETH RAUSSEO CAÑIZALEZ para su hija, la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 450,oo) mensuales a partir del mes de Noviembre, la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200.oo) adicionales a la bonificación de fin de año 2.011, la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (Bs. 450,oo) como bono especial para vestido y calzado en el mes de JULIO 2.012, la cantidad de SETECIENTOS BOLIVARES (Bs.700,oo) COMO UTILES ESCOLARES 2012 y la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs1.200) como BONIFICACIÓN DE FIN DE AÑO (AGUINALDOS) 2.012.
Este Tribunal determina que los términos del convenimiento no son contrarios a los intereses de los niños, en consecuencia y de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el articulo 8 ejusdem, y el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA la presente causa y se procederá como Sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, se ordena dejar copia certificada de la Sentencia en el Archivo de este Tribunal.- Ofíciese al ciudadano Jefe de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Carache, para los descuentos correspondientes los cuales serán depositados en la cuenta de ahorros N° 0108.0378-11-0200119440 del Banco Provincial Agencia Carache.-
La Juez Provisorio,

Abg. Adriana Saavedra C.
La Secretaria Temporal,

T.S.U Marisela Trompetero

En la misma fecha se publicó siendo las 3:00 p.m. y se dejó copia certificada en el archivo del Juzgado.
La Secretaria Temporal,

T.S.U Marisela Trompetero