REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo
Trujillo, dos de noviembre de dos mil once
201º y 152º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: TP11-L-2011-000305
PARTE ACTORA: YAJAIRA SUAREZ, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº 14.329.309
APODERADA JUDICIA DE LA PARTE ACTORA: ABOGADA LILIAM VERONICA BERTINATO BRACAMONTE, INSCRITA EN EL I.P.S.A, BAJO EL Nº 114.859
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES LA GRAN EMPRESA ILGEMCA C.A, REPRESENTADA LEGALMENTE POR LA CIUDADANA: PATROCINIA ESPITIA, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V-10.440.443
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO, REENGANCHE Y PAGO DE LOS SALARIOS CAIDOS

En el día hábil de hoy dos (02) de noviembre de dos mil once (2011), siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja expresa constancia de que la parte actora ciudadana YAJAIRA SUAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 14.329.309, no compareció, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, se advierte a la parte actora que puede ejercer los recursos establecidos en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo e intentar la misma transcurrido que sean 90 días contados a partir al día siguiente al de hoy. Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
El Juez

Abg. Nelson Bravo Materano

LA SECRETARIA,


ABG. Yolimar Cooz