REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, veintiocho de noviembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: KP02-V-2009-003042

Demandante: ANA CRISTINA RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.238.902, de éste domicilio.
Asistida Por: Abogada DELIA C. RIVERO DE CESAR, Inscrita en el impreabogado Nº 20.584.
Demandado: NELSON JOSE, HENRY DAVID, GUSTAVO ADOLFO, HEILIN JASMIN, DORIS KARINA y IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NINO, NIÑA Y ADOLESCENTE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos 11.268.998, 11.268.996, 12.535,028, 16.898.856 y 21.298.823, de éste domicilio
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de Reconocimiento de Relación Concubinaria, por aplicación del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 20 de julio de 2009, se recibe expediente N kp02-v-2009-002492, emanado del Juzgado 2do del Municipio Iribarren del Estado Lara, intentada por la ciudadana ANA CRISTINA RIVAS, ya identificada, debidamente asistida por la Abogada DELIA C. RIVERO DE CESAR, Inscrita en el impreabogado Nº 20.584, la cual presentó demanda por reconocimiento de la relación concubinaria, acompañó su solicitud con copia certificada de la partida de nacimiento de los beneficiarios y acta de defunción del de-cujus JUAN DE DIOS VASQUEZ HERNANDEZ.
En fecha 08 de febrero de 2011, De la revisión de la presente causa se evidencia que la misma se encuentra en fase de sustanciación.
En fecha 01 de abril de 2011, el alguacil adscrito a este Tribunal, consigna boletas debidamente firmada por los demandados, ya identificados, riela a los folios Nos 39 al 52, la suscrita secretaria deja constancia de la notificación de los demandados de autos, en fecha 01 y 04 del mes de abril de 2011, así mismo fija audiencia para el día 25 de noviembre de 2011.
En fecha 25 de noviembre de 2011, la Juez que suscribe se abocó al conocimiento de la presente causa, y en la misma fecha.
Siendo el día y la hora fijada para que tuviera lugar la audiencia preliminar en fase de sustanciación se dejó expresa constancia que no comparecieron ningunas de las partes ni por si ni mediante apoderado judicial, por lo que en aplicación del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró Desistido el procedimiento.
DECISION.
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 477 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de Reconocimiento de Comunidad Concubinaria intentado por la ciudadana ANA CRISTINA RIVAS, ya identificada, en contra de los ciudadanos NELSON JOSE, HENRY DAVID, GUSTAVO ADOLFO, HEILIN JASMIN, DORIS KARINA y IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NINO, NIÑA Y ADOLESCENTE, y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto. Barquisimeto, 28 de noviembre de 2011. Año 201º y 152º.
LA JUEZ SEGUNDA DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÓN

Abg. OLGA SOFIA DAAL
EL SECRETARIO,
Abg. CARLOS A. BULLONES
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 3651-2.011, siendo las 11:53 a.m.

EL SECRETARIO, ABG. CARLOS A. BULLONES



OSD/CAB/reina g.-