REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de noviembre de dos mil once
201º y 152º



ASUNTO: KP02-V-2011-003135
Revisadas como han sido las actas procesales que componen la presente causa, esta Juzgadora observa que transcurrido el lapso estipulado para la consignación de la Copia Certificada solicitada que funge como instrumento fundamental de la presente demanda, y en virtud que la parte actora no cumplió con lo peticionado por este despacho, este Tribunal declara INADMISIBLE la misma. Así se decide.-

La Juez, La Secretaria,
Abg. Eunice Beatriz Camacho M.
Abg. Bianca Escalona


EBCM/BE/rccg.-