REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, treinta de noviembre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO: KP02-V-2010-003523
Vista la presente demanda de INTERDICTO CIVIL intentada por las ciudadanas KEYLIS COLMENAREZ, MILANGI COLMENAREZ, JENNIFER MONASTERIO, YHOPSY PEREZ y SIKIU SUAREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 17.854.492, 19.262.903, 16.324.877, 19.324.200 y 16.643.275, respectivamente, contra la ciudadana ANA DE JESUS VASQUEZ ATACHO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio; se observa que desde el auto de fecha día 22/11/2010, fecha en la cual se negó lo solicitado por cuanto correspondía a la parte querellante consignar las pruebas de hechos de perturbación, hasta la presente fecha, no se le dio impulso procesal. En consecuencia, se declara terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente. Déjese copia.
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria
ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
MJP/dmg
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