REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
          PODER JUDICIAL
 
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO
 
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
 
 
Tribunal de Violencia Contra la Mujer en funciones de Control Audiencia y Medidas
 
TRUJILLO, 17 de Octubre de 2011
 
201º y 152º
 
 
ASUNTO PRINCIPAL 	: TP01-S-2009-001038
 
ASUNTO 		: TP01-S-2009-001038
 
 
SOBRESIMIENTO (VERIFICACION DE CONDICIONES)
 
                   Realizada como fue la Audiencia Especial en fecha:  tres     (03) de  octubre     de 2011, la cual había sido fijada por este Tribunal con la finalidad de verificar el cumplimiento de la condiciones pactadas en la Audiencia Preliminar celebrada el  siete  (07 ) de  Abril    de  dos mil diez   (2010);  en di	cha audiencia preliminar se acordó:    1.- Suspender  el Proceso a Prueba por el lapso de un    (01) año  2.- Prohibición para el acusado de acercarse a la víctima, en consecuencia prohibición de  agresión  física ni verbalmente,    todo ello    a tenor de lo  pautado en  el artículo 87 ordinal 5º y 6º  de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia concordado con el artículo 44 primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal,   en concordancia con los artículos 26 y 49 de la Constitución Nacional  de la República Bolivariana de Venezuela.  El Tribunal celebra la audiencia de verificación de condiciones (03-10-2011)  para constatar el cumplimiento de las  mismas, pasa primeramente a identificar al acusado, quien quedó identificado como: ROBINSON  MIGUEL BLANCO, venezolano, soltero, de 38 años de edad, de profesión u oficio chofer, grado de instrucción tercer año de bachillerato, natural de Sabana de Mendoza, nacido en fecha: 10 de Mayo de 1972, hijo de Leticia Margarita Solano Blanco  y Victoria Mijares, residenciado en el Sector parroquia Sabana de Mendoza, por el Sector la vincler, Barrio el Aserradero, en un Rancho, Municipio Sucre, del Estado Trujillo, teléfono: 0424-7607641.   Una vez verificado el cumplimiento de las  condiciones  ya mencionadas  y descritas  por parte del acusado: ROBINSON MIGUEL BLANCO,  de   manera que  constató el  Tribunal que el acusado dio cabal cumplimiento a las condiciones impuestas,  al no evidenciarse denuncia alguna por parte de la víctima:  NANCY  COROMOTO ARAUJO,  venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.325.893.   Vista la solicitud del  representante del Ministerio Público así como lo expuesto por el Defensor del Acusado, así mismo en vista de que la víctima no ha  participado  incumplimiento de  condiciones, ni cursa tampoco denuncia alguna por parte de la víctima,  considera quien decide que lo procedente  de conformidad con lo establecido en el artículo 48 numeral 7 y 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal  la EXTINCIÓN  DE LA ACCIÓN PENAL Y CONSECUENTE SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO  de la     presente: 
 
            
 
 
             Este Tribunal para decidir observa:
 
             En fecha:  siete      (07) de  abril      del año   de dos mil  diez     (2010) se celebró  Audiencia Preliminar,  en la cual se acordó SUSPENDER CONDICIONALMENTE EL PROCESO POR UN (01)  AÑO, BAJO LA IMPOSICIÓN DE  CONDICIONES, EL TRIBUNAL  VERIFICÓ  el cumplimiento de las condiciones, comparte esta Juzgadora el criterio expuesto por la Representante del Ministerio Público así como por la Defensa del Acusado, en el sentido que en el presente caso y en base a los elementos probatorios cursantes en el mismo se evidencia EL EFECTIVO CUMPLIMIENTO DE LA  CONDICIONES IMPUESTAS  POR EL ORGANO JURISDICCIÓNAL EN AUDIENCIA PRELIMINAR, siendo procedente en consecuencia declarar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la causa, todo de conformidad con lo establecido en los artículo  48 numeral 7º y 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal.. Así se decide.
 
 
DECISIÓN
 
               Por lo anteriormente expuesto, este TRIBUNAL DE   VIOLENCIA CONTRA LA MUJER  Nº 01 EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TRUJILLO, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de la causa seguida al  ciudadano: ROBINSON  MIGUEL BLANCO, venezolano, soltero, de 38 años de edad, de profesión u oficio chofer, grado de instrucción tercer año de bachillerato, natural de Sabana de Mendoza, nacido en fecha: 10 de Mayo de 1972, hijo de Leticia Margarita Solano Blanco  y Victoria Mijares, residenciado en el Sector Parroquia Sabana de Mendoza, por el Sector la vincler, Barrio el Aserradero, en un Rancho, Municipio Sucre, del Estado Trujillo, teléfono: 0424-7607641,     por la  comisión de los  delitos de: Violencia Física, Amenaza Agravada y Violencia Patrimonial y Económica,   previstos y sancionados en los    artículos 41, 42 y 50    de la Ley Orgánica sobre  el derecho  de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia,  todo con fundamento en lo establecido en los  artículos 48 numeral 7º y 318 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena el cese de cualquier medida impuesta. Se ordena la notificación  de la presente decisión, la cual no había sido emtida en su oportunidad legal motivado ya que la Juez Provisoria del Tribunal se encontraba de reposo, la Juez suplente atendiendo al principio de inmediación de abstuvo de emitir pronunciamiento en la presente causa.    Es todo.
 
 
La Juez de Control  Nº 01
 
Abg. Lisbeth Y. Hernández M.
 
				         
 
                                                                                     La  Secretaria Judicial
 
                                                                                     Abg .Ana C. Materano
 
 
 
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