Demandante: IDALIA DEL CARMEN CASTILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.875.195, de éste domicilio.
Demandado: JOSE DE LOS SANTOS PEREZ ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.756.839, de ésre domicilio.
Asistido Por: Abogado MARIA JOSE FERNANDEZ GARCIA, en su carácter de Fiscal Décimoséptima del Ministerio Público del estado Lara, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Beneficiaria: (Identidad omitida de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes).
Motivo: Declaración de terminado el procedimiento de obligación de manutención, por aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.

En fecha 18 de marzo de 2011, el ciudadano IDALIA DEL CARMEN CASTILLO, ya identificada, debidamente asistido por el Representante Fiscal, presentó demanda por obligación de manutención en beneficio de su hija, acompañó su solicitud con copia certificada de la partida de nacimiento de la beneficiaria, carta de la madre, copias de recibos de pago, contratos de trabajo y resolución del beneficio de jubilación, copia certificada de expediente de fijación de obligación de manutención.
En fecha 23 de marzo de 2011, se admitió la demanda, se acordó la notificación de la parte demandada y oír la opinión de la adolescente de autos.
Certificada la notificación de la parte demandada (F.12) se fijó oportunidad para la audiencia preliminar en fase de Mediación.
En fecha 11 de agosto de 2011, siendo el día y la hora fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar en fase de mediación se dejó expresa constancia que no comparecieron las partes ni por si ni mediante apoderado judicial, por lo que en aplicación del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se declaró Desistido el procedimiento.
DECISION.
Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, declara en aplicación de la norma del artículo 472 de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes, TERMINADO el procedimiento de régimen de obligación de manutención intentado por la ciudadana IDALIA DEL CARMEN CASTILLO ya identificada, en beneficio de (Identidad omitida de conformidad con el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), y en consecuencia extinguida la instancia. Así se decide.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto. Barquisimeto, 05 de octubre de 2011. Año 201º y 152º.
LA JUEZ SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÒN Y SUSTANCIACIÓN




Abg. ROSANGELA MERCEDES SORONDO GIL
La Secretaria.

Abg. Olga Sofía Daal
En esta misma fecha se registro bajo el Nº 2473-2.011, siendo las 09:02 a.m.
La Secretaria.

Abg. Olga Sofía Daal


RMSG/OSD/Diana.-