REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y del Adolescente del estado Lara
Barquisimeto, tres (03) de octubre de 2011.
Año 201º y 152º
ASUNTO: KP02-Z-2004-003348
DEMANDANTE: NEIDRINA PASTORA COLMENAREZ VELIZ, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.619.255
DEMANDADO: GUSTAVO ADOLFO HERNÁNDEZ FARACO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.616.847
BENEFICIARIO: (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES)
MOTIVO: INQUISICIÓN DE PATERNIDAD. Declinatoria de Competencia.
Por recibido el presente asunto, debido a que en fecha 03/06/2011, conforme a resolución de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la cual se designó como Juez Temporal a la Abg. Ellyneth Marial Gómez Alvarado, como suplente de la Abg. Holanda Emilia Dam Hurtado, se avoca a la presente causa la Juez designada y Luego de haber revisado exhaustivamente el presente asunto, quien juzga ha constatado que se cumplieron los extremos del debido proceso, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo establecido en el artículo 681 literal “c” y 485 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente.
Visto que la causa de Filiación se encuentra en la fase de sustanciación, y en atención a lo estipulado en el artículo 60 del Código de Procedimiento Civil Venezolano vigente y por cuanto en Resolución Nº 2009-0036, de fecha 30 de septiembre de 2009, se creó el Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en la cual se atribuyó competencia a los Tribunales Primero, Segundo y Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, para tramitar, decidir y ejecutar las causas de acuerdo con lo señalado en el Régimen Procesal Transitorio, en atención a la economía y celeridad procesal y teniéndose que el Juez natural en la presente solicitud es la Juez Primera de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, solo tiene facultades de Juicio en los casos de materia de protección de Niño, Niña y Adolescentes, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, con sede en Barquisimeto, DECLINA la competencia al Juzgado de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto que corresponda, para que la misma sea tramitada conforme al régimen nuevo. Así se decide. Remítase con oficio el presente expediente.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los tres (03) días del mes de octubre del dos mil Once (2011). Años: 201° y 152°.
La Juez de Primera Instancia de Juicio
Abg. Ellyneth Mariela Gómez Alvarado
La Secretaria
Abg. Carmen Isabel González Machado
Seguidamente se publicó en esta misma fecha siendo las 09:52 a.m. y se registró bajo el Nº 711 -2011.
La Secretaria
Abg. Carmen Isabel González Machado
EMGA/CIGM/Djmp.-
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