REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO IRIBARREN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticinco de octubre de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : KP02-S-2011-002451
Revisada detenidamente la anterior solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suscrita por la ciudadana ANDREA VICTORIA BARRIENTOS BAUTISTA, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 17.627.031, debidamente asistida por la abogada CARMEN ALICIA LÓPEZ, inscrita en el IPSA bajo el N° 92.486, este Tribunal observa que de los recaudos consignados a tal fin, presentan errores, los cuales constituyen inconsistencia a los fines de que este tribunal declare el decreto solicitado. En consecuencia y en consideración a los razonamientos expuestos, este Tribunal actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE la presente solicitud de DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta por la ciudadana ANDREA VICTORIA BARRIENTOS BAUTISTA, anteriormente identificada. Se ordena la devolución de todos los originales consignados, previa certificación en autos de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese.
Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto a los veinticinco (25) días del mes de Octubre del año dos mil once (2011). Años: 201º y 152º.
EL JUEZ EL SECRETARIO ACC.
ABG. JOSÉ ALFONSO OCHOA.
ABG. CHRISTIAN TORRES
En la misma fecha se publicó, siendo las 02:09 p.m.
El SEC. Acc,