REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES

KP12-V-2011-000362
En horas de Despacho del día de hoy comparece por ante este Tribunal, por una parte el ciudadano Abogado Jesús Armando Gil Vásquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.767.975, inscrito en el I.P.S.A 104.134, actuando en este acto con el carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadano Jorge Luis Sánchez, titular de la cedula de identidad Nº 13. 346.649, y por la otra el ciudadano José Páez Rosas, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 3.445.612, actuando en este acto con el carácter de Apoderado y representante de la sociedad civil demandada AGROPECUARIA GUASIMITO C.A según poder autenticado por ante la notaria publica del Municipio Torres del Estado Lara de fecha 09 de Agosto del 2007 y autenticado bajo el Nº 66 tomo 33, instrumento poder que se encuentra agregado a los autos, el cual se encuentra asistido por el Abogado Manuel José Barrios Montero venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad 5.925.723 e inscrito en el I.P.S.A Nº 24.748, y con los caracteres acreditados exponen al Tribunal: La parte demandada ya identificada y con la asistencia indicada expone “ con el propósito de dar por terminada la presente causa ofrezco pagar las cantidades y conceptos demandados a mi representada de la siguiente manera: 1) La cantidad de diez mil bolívares (10.000bs) para el día de hoy 19/10/2011, mediante cheque girado contra el banco provincial de la cuenta corriente Nº 0108-2402-84-0100072841, cheque Nº 00010452 a favor de Jesús Gil 2) La cantidad de cinco mil bolívares (5.000) semanalmente correspondiendo su pago en fecha 24/10/2011, 31/10/2011, 07/11/2011, 14/11/2011, 21/11/2011, 28/11/2011, 05/12/2011 12/12/2011, 19/12/2011 y 28/12/2011, 10 cuotas en total para sumar la cantidad de cincuenta mil bolívares (50.000bs) y un total general de sesenta mil bolívares (60.000bs) para cancelar conceptos demandados, intereses generados, honorarios profesionales de abogados y del experto contable. En este estado la parte demandante expone: “En virtud del ofrecimiento antes expuesto lo acepto en todas y cada una de sus partes, expresando conformidad con el mismo y pidiendo que dichos pagos se materialicen en la oficina de la empresa demandada mediante y cheque y suscripción del respectivo recibos a los fines de dar por terminado el presente procedimiento laboral. Y en caso de incumplimiento me reservo el derecho de continuar la ejecución del mandamiento que riela en estas actas.